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    <title>RadioRafaela</title>
    <subtitle>Últimas noticias de rafaela Argentina</subtitle>
    <updated>2026-03-18T16:15:38+00:00</updated>
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            Fallo clave limita a AFIP: la Cámara anuló multa millonaria por operaciones con bonos
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                <![CDATA[Radio Rafaela]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/TFxfm-7NmCkn2lYX58DIWQkBWSQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2025/07/fallo_ley_de_ganancias.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Sala V de la Cámara Contencioso Administrativo Federal emitió un fallo con fuerte impacto fiscal: anuló una multa de más de $1,6 millones aplicada por la AFIP (hoy ARCA) a un contribuyente por operaciones de contado con liquidación (CCL) realizadas en 2008. El tribunal consideró que no corresponde gravar las ganancias por compraventa de bonos cuando se trata de inversiones personales, ratificando así el alcance de la exención dispuesta por la Ley de Ganancias.</p><p>Según lo revelado por el Blog del Contador, la sentencia recalca que el artículo 20, inciso w) de la Ley del Impuesto a las Ganancias establece una exención objetiva para las operaciones con bonos y títulos públicos, siempre que el contribuyente no actúe como intermediario. Esto implica que no puede la AFIP exigir requisitos no previstos por la ley, como plazos mínimos de tenencia de los activos.</p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;La causa Besfamille y la estrategia de AFIP<p>La controversia surgió a raíz de un ajuste impositivo aplicado por la DGI sobre operaciones bursátiles realizadas en 2008. La AFIP consideró que las diferencias de cotización entre bonos comprados en pesos y vendidos en dólares constituían una renta gravada, y procedió a realizar un ajuste de más de $400.000 en Ganancias, sumar intereses cercanos al millón de pesos y aplicar una multa por $1,2 millones.</p><p>Sin embargo, la Cámara revocó esa interpretación y rechazó también el fallo previo del Tribunal Fiscal de la Nación, dejando sin efecto todos los cargos. El fallo subraya que:</p><p>“No se advierte que en el artículo 20, inciso w) de la Ley se hayan establecido distinciones relacionadas con el tiempo de tenencia de los bonos... No es dable agregar requisitos adicionales a los específicamente previstos en la Ley para definir a las operaciones como exentas”.</p><p>Con esta resolución, el fallo Besfamille sienta jurisprudencia al limitar el criterio de la AFIP sobre el uso del llamado "test de realidad económica" en inversiones personales. El tribunal dejó en claro que no se puede reinterpretar la letra de la ley para eliminar exenciones, una práctica que la AFIP venía intentando con operaciones de dólar MEP y CCL.</p>Impacto sobre operaciones personales<p>La sentencia representa un freno judicial a una de las estrategias fiscales más controvertidas en los últimos años, en la que la AFIP había intentado gravar movimientos de bonos realizados por individuos no profesionales con fines de inversión o cobertura cambiaria.</p><p>En ese contexto, el fallo es visto como un alivio para los pequeños inversores que recurren al CCL o al dólar MEP para dolarizarse dentro del marco legal. También obliga a la AFIP a respetar los límites normativos sin reinterpretaciones que alteren el espíritu de la ley.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/TFxfm-7NmCkn2lYX58DIWQkBWSQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2025/07/fallo_ley_de_ganancias.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La Justicia determinó que las compraventas personales de bonos están exentas de Ganancias sin requisitos de plazo mínimo. El fallo frena una avanzada fiscal sobre el dólar MEP y CCL.]]>
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                                <category term="nacionales" label="NACIONALES" />
                <updated>2026-03-18T16:15:38+00:00</updated>
                <published>2025-07-22T13:31:56+00:00</published>
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            Alarma por una estafa masiva vía mail a contribuyentes de ARCA
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        <link rel="alternate" href="https://radiorafaela.com.ar/nacionales/alarma-por-una-estafa-masiva-via-mail-a-contribuyentes-de-arca" type="text/html" title="Alarma por una estafa masiva vía mail a contribuyentes de ARCA" />
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                <![CDATA[RadioRafaela]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/JAHynQZoPAw1ewY1UldDrrsoWmQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2025/06/arca_fuerte_baja_de_la_recaudacion_tributaria_nacional_durante_mayo.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>ARCA emitió una alerta sobre una nueva campaña de correos electrónicos fraudulentos dirigida a todos los contribuyentes</p><p>Los mensajes se presentan con logos oficiales y utilizan dominios que imitan al de la AFIP, como “afip.gob.ar” o direcciones falsificadas como “afipdigital@arca.gob.ar”. Incluyen encabezados con supuestos números de documento, multas específicas y referencias a áreas ficticias como “AFIP Revisiones Pendientes 960”.</p><p>&nbsp;</p>Los mensajes se presentan con logos oficiales<p>&nbsp;</p><p>Sus remitentes buscan generar miedo o urgencia para que los destinatarios:</p><p>Hagan clic en un enlace que abre una página donde solicitan ingresar la clave fiscal.</p><p>Realicen un pago inmediato justificando una deuda inexistente</p><p>Cómo detectarlos y qué hacer</p><p>ARCA advierte que nunca:</p><p>-solicita pagos</p><p>-pide datos personales</p><p>-envía notificaciones de juicios o multas mediante correo electrónico, WhatsApp, redes sociales o llamadas telefónicas</p><p>&nbsp;</p>Sus remitentes buscan generar miedo o urgencia para que los destinatarios<p>&nbsp;</p><p>Señales de sospecha:</p><p>Dominios falsos o combinaciones engañosas en el correo del remitente.</p><p>Encabezados con número de multa o dependencia inexistente.</p><p>Inclusión de un enlace con urgencia para “regularizar la situación”</p><p>Recomendaciones prácticas:</p><p>No hacer clic ni abrir archivos adjuntos.</p><p>Eliminar inmediatamente el correo.</p><p>Reenviar los mensajes sospechosos a phishing@arca.gob.ar</p><p>Revisar siempre el Domicilio Fiscal Electrónico (DFE), único canal oficial para recibir comunicaciones de ARCA</p><p>Cambio institucional: de AFIP a ARCA</p><p>Varios ataques se aprovechan de la confusión generada por la disolución de AFIP y su reemplazo por ARCA mediante el Decreto 953/2024. Al continuar usando logos y dominios afines, los estafadores persiguen legitimar sus comunicaciones falsas. Desde el organismo insisten: cualquier correo que mencione a la AFIP ya no es oficial.</p><p>&nbsp;</p>ARCA y sus canales seguros<p>Toda comunicación oficial se realiza exclusivamente a través del DFE (requiere CUIT/CUIL y clave fiscal).</p><p>ARCA no se comunica por medios no oficiales ni solicita datos o pagos</p><p>Las redes sociales oficiales son:</p><p>X: @ARCA_informa</p><p>Instagram: arca_informa</p><p>Facebook / Telegram / WhatsApp / YouTube / LinkedIn: bajo el nombre “ARCA Informa”.</p><p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>EL</p>]]>
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                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/JAHynQZoPAw1ewY1UldDrrsoWmQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2025/06/arca_fuerte_baja_de_la_recaudacion_tributaria_nacional_durante_mayo.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) advierte sobre correos apócrifos que simulan provenir de la AFIP]]>
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                                <category term="nacionales" label="NACIONALES" />
                <updated>2025-07-07T13:54:42+00:00</updated>
                <published>2025-07-07T13:52:58+00:00</published>
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            Cierre de AFIP: el monto por el que ARCA podría investigarte si transferís dinero entre cuentas propias
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        <link rel="alternate" href="https://radiorafaela.com.ar/nacionales/cierre-de-afip-el-monto-por-el-que-arca-podria-investigarte-si-transferis-dinero-entre-cuentas-propias" type="text/html" title="Cierre de AFIP: el monto por el que ARCA podría investigarte si transferís dinero entre cuentas propias" />
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                <![CDATA[Radio Rafaela]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/eaP87hgQg-6pFfKbO5tMMK1gmZA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/galeria/fotos/2024/11/26/l_1732647542.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>Atención inscriptos que un paso sin justificación podría dejarlos con sanción. Acá te contamos los pasos que debes realizar.</p><p>.</p><p>Desde la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) se anunció que se deben tener en cuenta algunas notificaciones desde el ente a la hora transferirse entre cuentas propias. Atención a los usuarios de las billeteras virtuales. Tanto las aplicaciones de los bancos, monederos digitales y otras instituciones financieras deben informar todas las transacciones.</p><p>El límite de dinero a transferir entre cuentas propias, según ARCA</p><p>Cabe destacar que el organismo fiscal, anteriormente llamado AFIP, notificó a los usuarios algunos puntos claves a tener en cuenta:</p><p>Superar los límites permitidos sin justificación: Para individuos sin ingresos formales, el límite es de $400.000 en ingresos y egresos. Si estos se exceden, esos montos sin justificación, la ARCA podría iniciar una inspección.</p><p>No tener justificación para los fondos: Es fundamental tener respaldo para todas las operaciones, incluidas las transferencias entre cuentas propias que hagamos. La ex AFIP o el banco pueden pedir una justificación del origen de los fondos si no se tienen ingresos declarados.</p><p>No tener en cuenta el monto máximo sin declarar: Las transferencias que superen los $700.000 sin estar respaldadas por ingresos declarados deben ser informadas. Omitir este paso puede desencadenar investigaciones.</p><p>Transferir montos que exceden los valores permitidos: Aunque los bancos han aumentado sus límites, es esencial estar informado sobre los montos permitidos por cada entidad para evitar inconvenientes.</p><p>No responde a las solicitudes del banco o fintech: Si una entidad financiera solicita justificar el origen de los fondos, es importante proporcionar la justificación requerida de manera oportuna para evitar entrar en el Reporte de Operación Sospechosa (ROS) a la UIF.</p><p>El monto que se puede tener en la billetera virtual sin que ARCA controle</p><p>A partir de este mes, el ARCA, observará a los usuarios de billeteras virtuales que superen el monto de 700.000 pesos. Es importante destacar que los movimientos de egresos e ingresos no pueden superar los $400.000 sin justificación.</p><p>La documentación que puede pedir ARCA y cómo es el procedimiento</p><p>Los papeles que pedirá el ente fiscal serán los siguientes:</p><p>Boletas de compra y venta</p><p>Documentos que justifiquen la venta de acciones o una empresa</p><p>Recibos de sueldo o comprobantes de haberes jubilatorios</p><p>Facturación de los últimos meses</p><p>Constancia del monotributo</p><p>Certificado de fondos emitido por un contador público</p><p>En caso de no justificar, iniciará un proceso de investigación para determinar el origen de los fondos transferidos o gastados.Si el usuario no puede declarar el origen deberá presentar</p><p>Si el usuario no puede declarar el origen deberá presentar documentación que respalde la legalidad de los fondos, como recibos de sueldo, comprobantes de haberes jubilatorios o facturas emitidas en los últimos seis meses.</p><p>Si no pasa ninguna de estas cosas, el ARCA podrá tomar una medida severa: al individuo se le cerrará la cuenta y entrará en el Régimen de Operación Sospechosa.</p><p>Fuente: M1</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/eaP87hgQg-6pFfKbO5tMMK1gmZA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/galeria/fotos/2024/11/26/l_1732647542.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Atención inscriptos que un paso sin justificación podría dejarlos con sanción. Acá te contamos los pasos que debes realizar..Desde la Agencia de Rec...]]>
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                <updated>2024-11-26T18:54:11+00:00</updated>
                <published>2024-11-26T18:54:11+00:00</published>
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            Este lunes vence el plazo para la recategorización en el monotributo: ¿cómo hacer el trámite?
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                <![CDATA[Radio Rafaela]]>
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        </author>
        
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Obu7sPslhS70NDj8Wdshm4br_ko=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/galeria/fotos/2023/12/21/l_1703152218.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Los contribuyentes tienen tiempo hasta este lunes para confirmar o cambiar de categoría en la AFIP. Conocé qué puede pasar si no se cumple con el requisito obligatorio.</p><p>.</p><p>Este lunes 5 de febrero vence el plazo para que los pequeños contribuyentes del Monotributo realicen la primera recategorización de 2024. Se trata de un trámite obligatorio que se efectúa ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).</p><p>En primera instancia, el organismo había delimitado la fecha para el 22 de enero. Sin embargo, decidió aplazar el tiempo hasta este lunes inclusive para cumplir con la obligación de recategorización correspondiente al semestre julio/enero 2024.</p><p>Milei: "Lo estamos logrando, evitamos la h&iacute;per y la inflaci&oacute;n empez&oacute; a bajar"</p><p>El Monotributo tiene dos fechas al año para cambiar o confirmar la categoría: en enero, que determina los montos máximos de facturación y la cuota a pagar a partir del 1° de febrero con la nueva escala anual. Y la otra en julio.</p><p>Cómo hacer la recategorización del Monotributo en AFIP</p><p>Este lunes vence el plazo para hacer la recategorización del Monotributo, los pasos a seguir son:</p><p>Ingresar al portal Monotributo con CUIT y clave fiscal.Seleccionar la opción “recategorizarme” y automáticamente el sistema informará la categoría actual del contribuyente y los topes de cada parámetro de esa categoría.Seleccionar “continuar recategorización”. Luego, se debe ingresar información sobre el monto facturado en los últimos 12 meses y “confirmar categoría”.Finalmente, imprimir la nueva credencial. </p><p>Monotributo: qué pasa si un contribuyente no recategoriza este lunesEn el caso de que no hacer la recategorización hasta el 5 de febrero, la AFIP lo hará “de oficio” al contribuyente de forma automática y aplicará sanciones.</p><p>La recategorización de oficio será notificada por el organismo al Domicilio Fiscal Electrónico, el primer día hábil de agosto. El contribuyente podrá consultar los motivos del cambio de categoría accediendo a la web de AFIP con CUIT y clave fiscal.</p><p>Monotributo: cómo quedan las escalas de facturación desde enero de 2024Desde enero, las escalas del Monotributo son las siguientes:</p><p>Categoría A: facturación anual hasta $2.108.288,01;</p><p>Categoría B: $3.133.941,63;</p><p>Categoría C: $4.387.518,23;</p><p>Categoría D: $5.449.094,55;</p><p>Categoría E: $6.416.528,72;</p><p>Categoría F: $8.020.660,90;</p><p>Categoría G: $9.624.793,05;</p><p>Categoría H: $11.916.410,45;</p><p>Categoría I: $13.337.213,22;</p><p>Categoría J: $15.285.088,04;</p><p>Categoría K: $16.957.968,71.</p><p>Monotributo: cuánto hay que pagar de cuota mensualA partir de enero de 2024, deben abonar las siguientes cuotas en total:</p><p>Categoría A: $12.128,39 tanto los que venden bienes y como los que ofrecen servicios.</p><p>Categoría B: $13.561,75 para todos los pequeños contribuyentes de esta escala.</p><p>Categoría C: $15.503,51 para servicios y $7226,83 a $15.241,42 para la venta de productos.</p><p>Categoría D: para servicios es de $19.497,94, y de $19.066,46 los que venden productos.</p><p>Categoría E: la cuota mensual de $26.945,97 (servicios) y de $24.526,43 venta de cosas muebles;</p><p>Categoría F: $33.137,61 para los servicios, y para los que venden productos, de $13,856,32 a $29.223,11;</p><p>Categoría G: $38.694,95 para servicios y a $33.439,61 para los productos;</p><p>Categoría H: para servicios (la última escala permitida) $66.111,51. Mientras, los que venden bienes, $56.402,68;</p><p>Categoría I: $81.121,96;</p><p>Categoría J: $93.619,47;</p><p>Categoría K: $106.964,65. (TN)</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Obu7sPslhS70NDj8Wdshm4br_ko=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/galeria/fotos/2023/12/21/l_1703152218.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Los contribuyentes tienen tiempo hasta este lunes para confirmar o cambiar de categoría en la AFIP. Conocé qué puede pasar si no se cumple con el requ...]]>
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                <updated>2024-02-05T12:09:58+00:00</updated>
                <published>2024-02-05T12:09:58+00:00</published>
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            Monotributo: a partir de cuándo hay que recategorizarse y cómo es el trámite
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                <![CDATA[Radio Rafaela]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/yp7-B2-if6ToYwS3ood4VmaUMOI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/galeria/fotos/2023/06/26/l_1687780686.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El trámite estará habilitado hasta el 20 de julio y es obligatorio para los contribuyentes que pudieron haber excedido los límites de facturación en los que estaban inscriptos.</p><p>Los contribuyentes inscriptos en el monotributo cuyos ingresos en los últimos doce meses hayan superado o sean inferiores a los de la categoría en la que están anotados deberán recategorizarse dentro del régimen.</p><p>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitará a partir de mañana el sistema para realizar el trámite que estará vigente hasta el 20 de julio.</p><p>Para establecer en la categoría del régimen correspondiente se debe aplicar la tabla que rige desde mañana.</p><p>El pago del componente impositivo se realizará tal como es habitual el  20 de ese mes.</p><p>Aquellos monotributistas que mantengan la misma categoría no deberán efectuar ninguna acción. Por otro lado, si transcurrieron menos de 6 meses de la inscripción en el monotributo no corresponde hacer la recategorización.</p><p>Cabe destacar que la ley de Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes y Autónomos estableció la exención del componente impositivo de la obligación mensual para las y los pequeños contribuyentes registrados en las categorías A y B, siempre que perciban la totalidad de sus ingresos a través del monotributo.</p><p>Lee: El drama de los inquilinos: a partir de julio pagarán más del doble por sus alquileres</p><p>Esto quiere decir que no deben tener un trabajo en relación de dependencia ni cobren una jubilación, estén inscriptos en el Régimen General, como IVA exentos, ejerciendo el rol de directores o administradores de sociedades y tampoco perciban rentas financieras o ingresos por alquileres.</p><p>Para evaluar la categoría en la que corresponde estar dentro del monotributo, hay que considerar los siguientes parámetros en relación a los últimos 12 meses:</p><p>Los ingresos brutos acumuladosLa energía eléctrica consumidaLos alquileres devengados y/o la superficie afectada a la actividadLuego, se debe cotejar estos valores con la tabla de categorías del monotributo vigente para saber cuál le corresponde al contribuyente.</p><p>El procedimiento es el siguiente: </p><p> Ingresar al portal Monotributo con CUIT y clave fiscalSeleccionar la opción “recategorizarme” y automáticamente el sistema informará la categoría actual del contribuyente y los topes de cada parámetro de esa categoría. Seleccionar “continuar recategorización”.Luego, se debe ingresar información sobre el monto facturado en los últimos 12 meses. Con estos datos el sistema determina la nueva categoría correspondiente y se confirma en la opción “confirmar categoría”. Luego, imprimir la nueva credencial.</p>Noticias Argentinas]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/yp7-B2-if6ToYwS3ood4VmaUMOI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/galeria/fotos/2023/06/26/l_1687780686.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El trámite estará habilitado hasta el 20 de julio y es obligatorio para los contribuyentes que pudieron haber excedido los límites de facturación en l...]]>
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                <updated>2023-06-30T13:53:07+00:00</updated>
                <published>2023-06-30T13:53:07+00:00</published>
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            Cuándo será la feria fiscal dispuesta por AFIP
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        <link rel="alternate" href="https://radiorafaela.com.ar/nacionales/cuando-sera-la-feria-fiscal-dispuesta-por-afip" type="text/html" title="Cuándo será la feria fiscal dispuesta por AFIP" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/yp7-B2-if6ToYwS3ood4VmaUMOI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/galeria/fotos/2023/06/26/l_1687780686.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El organismo recaudador definió que su receso invernal se llevará a cabo entre el lunes 17 y el viernes 28 de julio. </p><p>. </p><p>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso una nueva feria fiscal que regirá a mediados de julio, ambos inclusive. Así lo estableció el organismo a través de la Resolución General 5375/2023. </p><p>De esta manera, se suspende el cómputo de los plazos vigentes en determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos, intimaciones y clausuras. Por el contrario, se mantendrán habilitados distintos procedimientos de fiscalización. </p><p></p><p>Qué es una feria fiscal </p><p>Según el organismo, una feria fiscal consiste en la extensión de todos los plazos procedimentales en materia impositiva, aduanera y de la seguridad social. La medida no suspende las acciones de la AFIP. </p><p>Durante su vigencia queda en suspenso el cómputo de los plazos que rigen para la respuesta de los contribuyentes a los requerimientos del organismo. La medida alcanza a determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos, clausuras, intimaciones de pago y requerimientos, entre otros. </p><p></p><p>Te puede interesar: Martín Llaryora, el candidato de Juan Schiaretti, se impone por tres puntos en Córdoba</p><p>Qué trámites continuarán </p><p>La feria fiscal comenzará a partir del lunes 17 de julio y finalizará el viernes 28 de julio de 2023. Durante la misma no deben computarse los días hábiles administrativos respecto de los plazos procedimentales. </p><p>Es decir que si un contribuyente recibe el lunes 3 de julio un requerimiento para brindar determinada información en un plazo de 10 días hábiles, el vencimiento será al lunes 31 de julio de 2023. </p><p>Es importante resaltar que la feria fiscal no tiene efecto respecto de las fechas de vencimiento para la presentación de las declaraciones juradas determinativas o informativas como así tampoco para el pago de los tributos. Las presentaciones y los pagos se deberán continuar realizando en las fechas de vencimiento previstas. </p><p>Además, durante la feria fiscal está previsto que AFIP continúe ejerciendo sus facultades de contralor. Incluso puede realizar notificaciones a los contribuyentes, responsables o terceros. </p><p>Fuente: SFC</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/yp7-B2-if6ToYwS3ood4VmaUMOI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/galeria/fotos/2023/06/26/l_1687780686.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El organismo recaudador definió que su receso invernal se llevará a cabo entre el lunes 17 y el viernes 28 de julio. . La Administración Federal de...]]>
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                <updated>2023-06-26T11:54:39+00:00</updated>
                <published>2023-06-26T11:54:39+00:00</published>
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            Qué documentación deberán llevar los vehículos de argentinos para circular por el Mercosur
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                <![CDATA[Radio Rafaela]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/9ilNlhs_3bTlGg8G901aN6busDs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/galeria/fotos/2023/06/08/l_1686228133.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La AFIP adoptó una norma del Grupo Mercado Común vinculada con la circulación de vehículos entre los países del Mercosur.</p><p>La AFIP estableció cuál es la documentación que deberán llevar los vehículos de turistas, particulares y de alquiler para circular por un país del Mercosur diferente al de la patente del auto.</p><p>Así, dispuso que los conductores tienen que circular con documento válido para circular en el Mercosur, Licencia para conducir, Documento que lo califica como turista emitido por la autoridad migratoria, Autorización para conducir el vehículo, Título u otro documento oficial que acredite la propiedad del auto y Comprobante de seguro vigente.</p><p>La decisión se formalizó por medio de la Resolución General 5366/2023, publicada este jueves en el Boletín Oficial, a través de la cual el Gobierno adoptó una medida del Grupo Mercado Común que determinó que los vehículos comunitarios del Mercosur, de propiedad de las personas físicas residentes o de personas jurídicas con sede social en un Estado Parte, cuando sean utilizados en viajes de turismo, pueden circular libremente en cualquiera de los demás Estados.</p><p>LEE: Los salarios de hasta $880 mil no pagarán el impuesto a las Ganancias</p><p>Según lo dispuesto, los documentos podrán ser exhibidos en formato impreso o digital cuando se disponga de un medio de verificación electrónico y en la medida que sea acordado de forma bilateral o multilateral por los Estados.</p><p>Además, la circulación de los vehículos comunitarios de un Estado a otro "no estará sujeta al cumplimiento de formalidades aduaneras, sin perjuicio de los controles selectivos que la autoridad aduanera pudiera ejercer para la verificación del cumplimiento de las condiciones y requisitos exigidos", de acuerdo con el texto oficial.</p><p>La AFIP estableció asimismo que en caso de accidente, hurto, robo u otras situaciones de caso fortuito o fuerza mayor, ocurridas durante el plazo de permanencia otorgado, que hubiesen impedido el retorno del vehículo al Estado Parte de origen, el responsable deberá comunicar el hecho a la autoridad aduanera de jurisdicción del lugar donde hubiera ocurrido el mismo.</p><p>A tal fin deberá presentar la documentación probatoria correspondiente, para que la Aduana adopte en forma inmediata y sin substanciación previa alguna, las medidas pertinentes. Por otra parte, quedan excluidos de la aplicación de la norma los siguientes casos</p>Cuando el conductor del vehículo no acredite su condición de turista, de acuerdo a la legislación migratoria del Estado Parte de ingreso.Cuando el vehículo se encuentre registrado o matriculado en un tercer país, aun cuando estuviera conducido por un turista comunitario.Cuando el vehículo sea utilizado para la prestación del servicio de traslado de personas, gratuito o no, o en actividades de carácter comercial, inclusive con fines turísticos, excepto los vehículos de alquiler.Los turistas que no sean residentes habituales de alguno de los Estados Parte.El ente recaudador aclaró además que los automotores registrados en la Argentina deberán tener grabados el número de dominio, como mínimo, en el parabrisas delantero, la luneta trasera, y en los cristales laterales de mayor tamaño, en los automotores que tengan seis cristales o más; cuando la cantidad de cristales sea menor, la grabación deberá realizarse en todos ellos.]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/9ilNlhs_3bTlGg8G901aN6busDs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/galeria/fotos/2023/06/08/l_1686228133.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La AFIP adoptó una norma del Grupo Mercado Común vinculada con la circulación de vehículos entre los países del Mercosur.La AFIP estableció cuál es l...]]>
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                <updated>2023-06-08T12:37:34+00:00</updated>
                <published>2023-06-08T12:37:34+00:00</published>
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            Afip incautó 160 toneladas de granos valuadas en 10,5 millones de pesos en Venado Tuerto y Arroyo Seco
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        <link rel="alternate" href="https://radiorafaela.com.ar/policiales/afip-incauto-160-toneladas-de-granos-valuadas-en-105-millones-de-pesos-en-venado-tuerto-y-arroyo-seco" type="text/html" title="Afip incautó 160 toneladas de granos valuadas en 10,5 millones de pesos en Venado Tuerto y Arroyo Seco" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/OKE5CrtQdTySj47ddnuzn8vXJ4I=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/galeria/fotos/2023/04/20/l_1681987114.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>Los granos fueron depositados en un acopio de la zona a la espera de que se determine la titularidad de la mercadería o que finalmente se liquide.</p><p>.</p><p>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), incautó este miércoles 314 toneladas de granos valuadas en $ 25,5 millones durante controles en ruta en las provincias de Santa Fe y Corrientes. Los precedimientos se dieron tras detectaron irregularidades en la documentación de los transportistas.</p><p>En las localidades santafesinas de Venado Tuerto y Arroyo Seco, los inspectores de la Dirección General Impositiva (DGI) realizaron una serie de procedimientos sobre cinco camiones provenientes de Córdoba y que se dirigían a Buenos Aires y al puerto de San Lorenzo, informó la Agencia Télam.</p><p>"El personal de la AFIP constató que cuatro de los vehículos de carga no contaban con la carta de porte electrónica -el único documento válido para el traslado de ese tipo de mercadería-, mientras que el quinto restante presentó una documentación apócrifa", informó el comunicado oficial del organismo conducido por Carlos Castagneto</p><p>Debido a esto, los agentes incautaron 70 toneladas de maíz a granel, 30 toneladas de soja, 30 toneladas de maíz en bolsa, 4 toneladas de poroto negro en bolsa y 30 toneladas de maíz partido, por un valor total de 10,5 millones de pesos. Los granos fueron depositados en un acopio de la zona a la espera de que se determine la titularidad de la mercadería o finalmente se liquide.</p><p>► Te puede interesar: San Francisco: allanaron un domicilio por un hecho ocurrido en Frontera y encontraron hasta marihuana</p><p>Por otro lado, en el acceso a la localidad de Santo Tomé, provincia de Corrientes, se realizaron tareas de constatación de la validez del origen de los granos transportados, como también el cotejo documental y registral sobre operadores de la cadena agrocomercial. De esta manera, al constatar que los remitentes no contaban con la capacidad operativa, económica y/o financiera para producir o comercializar la mercadería o bien que el transporte no estaba amparado con carta de porte electrónica, "los agentes de la AFIP secuestraron 150 toneladas de soja, equivalentes a la carga de cinco camiones, con un valor de mercado que ronda los $ 14.925.000".</p><p>Estos granos fueron trasladados a un acopio de la localidad chaqueña de Barranqueras, designado como depositario legal, para su interdicción, secuestro y descarga. DiarioUNO.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/OKE5CrtQdTySj47ddnuzn8vXJ4I=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/galeria/fotos/2023/04/20/l_1681987114.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Los granos fueron depositados en un acopio de la zona a la espera de que se determine la titularidad de la mercadería o que finalmente se liquide..L...]]>
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                <updated>2023-04-20T10:36:09+00:00</updated>
                <published>2023-04-20T10:36:09+00:00</published>
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            Se extendió el plazo para la recategorización del monotributo: ¿hasta cuándo hay tiempo?
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        <link rel="alternate" href="https://radiorafaela.com.ar/nacionales/se-extendio-el-plazo-para-la-recategorizacion-del-monotributo-hasta-cuando-hay-tiempo" type="text/html" title="Se extendió el plazo para la recategorización del monotributo: ¿hasta cuándo hay tiempo?" />
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                <![CDATA[Radio Rafaela]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Vwty5dps3ElQZl8-exbOqLfGTqM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/galeria/fotos/2023/01/20/l_1674215381.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Desde el 1° de enero comenzaron a regir las nuevas escalas, por lo cual los contribuyentes inscriptos en este régimen deberán recategorizarse en caso de que les corresponda.</p><p>.</p><p>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el próximo 27 de enero, inclusive, el plazo para que las y los monotributistas realicen la recategorización correspondiente al semestre julio diciembre de 2022.</p><p>Así lo dispuso a través de la Resolución General N° 5318/23, que será publicada en el Boletín Oficial.</p><p>La recategorización consiste en la evaluación de la actividad de los últimos 12 meses para determinar si deben mantener la categoría en la que se encuentran o modificarla. El trámite debe hacerse en los meses de enero y julio</p><p>► Te puede interesar: Voy a salir de vacaciones, pero perdí toda la documentación: ¿cómo debo hacer para tramitar DNI y pasaporte en Rafaela?</p><p>Como indica el artículo 9° de la Ley 24.977, para evaluar si corresponde una recategorización, se debe tener en cuenta la facturación de los últimos 12 meses o alguno de los otros parámetros utilizados para el encasillamiento como la superficie afectada, los alquileres devengados anualmente o el consumo de energía eléctrica. Cuando los distintos parámetros analizados superan o son inferiores a los de la categoría vigente corresponde realizar la recategorización.</p><p></p><p>El total de los valores que arroje cada parámetro, habrá de compararse con la tabla de AFIP e inscribirse a la categoría que corresponda según el parámetro más alto. El importe correspondiente a la nueva categoría se abonará al mes siguiente.</p><p>Podés consultar las nuevas escalas ingresando aquí: https://www.afip.gob.ar/monotributo/categorias.asp</p><p>Por su parte, aquellos monotributistas que mantengan la misma categoría no deberán efectuar ninguna acción. Por otro lado, si transcurrieron menos de 6 meses de la inscripción en el monotributo tampoco corresponde hacer la recategorización.</p><p>En caso de que al contribuyente le corresponda recategorizarse, pero no realice el trámite en tiempo y forma, la AFIP puede proceder de oficio, además de aplicar sanciones.</p><p>La recategorización de oficio es un proceso sistémico que opera cuando un contribuyente no se recategorizó o lo hizo de manera inexacta. El procedimiento se inicia cuando se detectan compras, gastos o acreditaciones bancarias por un valor superior a los ingresos brutos anuales máximos admitidos para la categoría en la cual se encuentra inscripto.</p><p></p><p>Los contribuyentes que sean recategorizados de oficio por la AFIP recibirán una notificación en el Domicilio Fiscal Electrónico (DFE) el primer día hábil de los meses de agosto y febrero de cada año.</p><p>Según la Resolución General 5316/2023, la categoría asignada puede recurrirse dentro de los 15 días de recibida la notificación, a través del servicio “Presentaciones Digitales”, seleccionado el trámite "Recategorización de oficio del Monotributo – Apelación en término".</p><p>En caso de no presentación del trámite digital de apelación, esto tendrá el efecto de "aceptación tácita" de la medida dispuesta por la AFIP. NA</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Vwty5dps3ElQZl8-exbOqLfGTqM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/galeria/fotos/2023/01/20/l_1674215381.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Desde el 1° de enero comenzaron a regir las nuevas escalas, por lo cual los contribuyentes inscriptos en este régimen deberán recategorizarse en caso...]]>
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                <updated>2023-01-20T11:46:14+00:00</updated>
                <published>2023-01-20T11:46:14+00:00</published>
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            A pesar del asueto, la AFIP atenderá al público el 23 y 30 de diciembre
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/hxkLDeec9h50a2VQqamPzpnANw4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/galeria/fotos/2022/10/26/l_1666795070.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La decisión se tomó ante la proximidad del cierre del año fiscal. El decreto fue publicado en el Boletín Oficial.Por Gerardo ChorenLa sede de la AFIP</p><p>Las oficinas de la AFIP permanecerán abiertas durante el 23 y el 30 de diciembre, a pesar de que el resto de la administración pública nacional gozará de asueto durante esos días por las Fiestas.</p><p>Así lo dispuso el Gobierno a través del Decreto 830/2022, publicado este miércoles en el Boletín Oficial, con las firmas del presidente Alberto Fernández, del jefe de Gabinete Juan Manzur y del ministro de Economía Sergio Massa.</p><p>"Dispónese que el asueto otorgado para los días 23 y 30 de diciembre de 2022 en virtud del Decreto N° 820 del 10 de diciembre de 2022 no alcanzará al personal de la AFIP", según el texto oficial.</p><p>LEER: El Gobierno fijará un bono de fin de año para asalariados y beneficiarios del Potenciar Trabajo</p><p>El Poder Ejecutivo señaló que atento a que las festividades de la Navidad y Año Nuevo "constituyen, tradicionalmente, un motivo de reunión para todas las familias que habitan en nuestro territorio, se estimó procedente mediante el Decreto N° 820/22 otorgar asueto al personal de la Administración Pública Nacional para el 23 y 30 de diciembre del corriente año, con el fin de posibilitar el acercamiento de quienes, por diversas causas, se domicilian lejos de sus seres queridos".</p><p>Ahora, aclaró que "atento la proximidad del cierre del año fiscal, resulta conveniente disponer que el asueto no alcance al personal de la AFIP".</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/hxkLDeec9h50a2VQqamPzpnANw4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/galeria/fotos/2022/10/26/l_1666795070.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La decisión se tomó ante la proximidad del cierre del año fiscal. El decreto fue publicado en el Boletín Oficial.Por Gerardo ChorenLa sede de la AFIP...]]>
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                <updated>2022-12-14T15:50:20+00:00</updated>
                <published>2022-12-14T15:50:20+00:00</published>
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            Cristina recusará al juez Ercolini en una causa contra ex titulares macristas de la AFIP
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/kvyHIZmpQHrm6S_x-LXEMrIjlQ4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/galeria/fotos/2022/12/06/l_1670366776.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>Los abogados Carlos Alberto Beraldi y Ary Rubén Llernovoy presentarán el escrito, relacionando al magistrado con el viaje a Lago Escondido de jueces, funcionarios  porteños y agentes de inteligencia, entre otros.Cristina Kirchner pidió que se investigue al juez Ercolini por una persecución judicial contra ella y sus hijos.</p><p>La vicepresidenta Cristina Kirchner pidió recusar al juez federal Julian Ercolini, de quien recordó "su ya célebre viaje a Lago Escondido junto con otros magistrados, funcionarios de la Ciudad de Buenos Aires y agentes de inteligencia", en una causa en la que se investigan presuntas maniobras ilegales llevadas a cabo por los entonces titulares de la AFIP Alberto Abad y Leandro Cuccioli, durante el mandato de Mauricio Macri.</p><p>LEE: Stolbizer pidió la renuncia de D'Alessandro para no "entorpecer" la investigación</p><p></p><p>"He instruido a mi abogado para que recuse al juez Ercolini en la causa en que investiga las maniobras ilegales llevadas a cabo por Alberto Abad y Leandro Cuccioli desde la AFIP, durante la gestión de Mauricio Macri, para perseguirnos a mí y a mis dos hijos", reveló la ex presidenta en su cuenta de Twitter.</p><p><p lang="es" dir="ltr">He instruido a mi abogado para que recuse al juez Ercolini en la causa en que investiga las maniobras ilegales llevadas a cabo por Alberto Abad y Leandro Cuccioli desde la AFIP, durante la gestión de Mauricio Macri, para perseguirnos a mí y a mis dos hijos https://t.co/V2dKFdqWGC</p>— Cristina Kirchner (@CFKArgentina) December 12, 2022 </p><p>La vicepresidenta recordó que "la causa se originó a partir de los hechos denunciados e investigados por los órganos competentes de la AFIP, como así también de la documentación hallada en dicho organismo".</p><p><p lang="es" dir="ltr">La causa se originó a partir de los hechos denunciados e investigados por los órganos competentes de la AFIP, como así también de la documentación hallada en dicho organismo.</p>— Cristina Kirchner (@CFKArgentina) December 12, 2022 </p><p>Cristina Kirchner precisó en su cuenta de la red social que "la recusación a Ercolini se fundamenta en su ya célebre viaje a Lago Escondido junto con otros jueces, funcionarios de (Horacio) Rodríguez Larreta, agentes de inteligencia", entre otros.</p><p><p lang="es" dir="ltr">La causa se originó a partir de los hechos denunciados e investigados por los órganos competentes de la AFIP, como así también de la documentación hallada en dicho organismo.</p>— Cristina Kirchner (@CFKArgentina) December 12, 2022 </p><p>La titular del Senado se refirió a este viaje después de que se conociera la sentencia del Tribunal Oral que la condenó a seis años de prisión por "administración fraudulenta" y la inhabilitó de por vida para ejercer cargos públicos en el marco de la Causa Vialidad.</p><p>"Como es sabido, en estos últimos años la Dra. Cristina Fernández de Kirchner realizó múltiples manifestaciones denunciando ser víctima de una feroz e inédita campaña de persecución y lawfare, orquestada y llevada a cabo por políticos opositores, medios de comunicación hegemónicos, agentes de inteligencia y un grupo de Jueces y Fiscales cómplices", señaló el escrito que presentarán los abogados Carlos Alberto Beraldi y Ary Rubén Llernovoy.</p><p>LEE: Cristina denunció las "prácticas mafiosas" que los medios ejercen hacia familiares</p><p>Asimismo, agregaron: "Esto no puede ser ignorado por el Juez Ercolini, no solo por tratarse de hechos públicos, sino antes bien porque nuestra representada lo denunció expresamente a través de múltiples escritos presentados en el marco de procesos judiciales que estuvieron a cargo del citado magistrado: ´Hotesur´, ´Los Sauces´y ´Vialidad´".</p><p>"En este contexto, ante un conflicto de naturaleza político-institucional de semejante magnitud, resulta imperativo que los Jueces y los Fiscales intervinientes en esta clase de procesos extremen los recaudos para que, frente a las partes y la comunidad en su totalidad, su objetividad, independencia e imparcialidad no puedan ser objeto de la más mínima sospecha. Precisamente, ha ocurrido todo lo contrario", señaló el escrito.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/kvyHIZmpQHrm6S_x-LXEMrIjlQ4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/galeria/fotos/2022/12/06/l_1670366776.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Los abogados Carlos Alberto Beraldi y Ary Rubén Llernovoy presentarán el escrito, relacionando al magistrado con el viaje a Lago Escondido de jueces,...]]>
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                <updated>2022-12-13T11:46:43+00:00</updated>
                <published>2022-12-13T11:46:43+00:00</published>
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            Intentaron cruzar miles de dólares en auto desde Uruguay: los encontró una perra de la Aduana
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/29heik2nbqj6t8sUF7T0GMLKsV4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/galeria/fotos/2022/11/25/l_1669408419.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>Fue durante un control de rutina. Los paquetes estaban escondidos bajo una rueda y en una campera.</p><p>Una perra del equipo de la Aduana encontró US$ 121.600 sin declarar escondidos en el auto de una pareja argentina que intentaba entrar al país desde Colonia, Uruguay, Había US$ 80.000 en un bolso oculto bajo la tapa de la rueda de auxilio y el resto estaba dividido en otro bolso, una cartera y los bolsillos de una campera.</p><p>Fue durante un control de rutina que llevaban adelante las autoridades en los vehículos y pasajeros del buque ATLANTIC III, que había llegado a la Terminal Fluviomarítima de Buquebus.</p><p>► Te puede interesar: Salieron a la luz los escalofriantes detalles del hallazgo del cuerpo de Eliana Pacheco en un descampado de La Plata</p><p>En ese momento, una ovejera alemana llamada China olfateó un auto Chevrolet Tracker donde viajaban la pareja y dos menores. Es una perrita que está especialmente entrenada para detectar estupefacientes y divisas.</p><p>Anteriormente, el hombre les aseguró a los agentes que no tenía nada para declarar, pero cuando aparecieron los primeros US$ 80.000 insistió en que solo llevaban esa cantidad. Una revisión más exhaustiva reveló que estaba mintiendo.</p><p></p><p>El Juzgado Nacional en lo Penal-Económico N°1 ordenó el secuestro de las divisas después de que se labrara una acta por infracción al Régimen de equipaje.</p><p>Por otro lado, el organismo que dirige Guillermo Michel emitió un reporte de Operación Sospechosa a la UIF y pondrá información a disposición de la DGI para que, en el marco del Convenio de Cooperación e Intercambio de Información celebrado con la República Oriental del Uruguay, se soliciten datos fiscales del ciudadano argentino a ese país para saber si tiene inversiones o depósitos allí no declarados ante la AFIP.</p><p> </p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/29heik2nbqj6t8sUF7T0GMLKsV4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/galeria/fotos/2022/11/25/l_1669408419.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Fue durante un control de rutina. Los paquetes estaban escondidos bajo una rueda y en una campera.Una perra del equipo de la Aduana encontró US$ 121....]]>
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                <updated>2022-11-25T20:31:02+00:00</updated>
                <published>2022-11-25T20:31:02+00:00</published>
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            AFIP: más del 90% de las grandes empresas pagó el adelanto extraordinario de Ganancias
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/hxkLDeec9h50a2VQqamPzpnANw4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/galeria/fotos/2022/10/26/l_1666795070.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Un total de 1.181 grandes empresas cumplieron en fecha con el primer pago del anticipo extraordinario del Impuesto a las Ganancias, y aportaron al Fisco más de $72.000 millones, informó la AFIP.</p><p>El cumplimiento para este primer vencimiento fue del 91,5% de los pagos esperados, realizándose 1.247 pagos a cuenta con una recaudación de $72.589.213.321 millones, de acuerdo con la información oficial.</p><p>La AFIP emitió este miércoles los oficios correspondientes a las 220 empresas que aún no realizaron el pago, para conocer cuáles son los motivos por los que no han cumplido.</p><p>LEE: Mirabella frente al Presupuesto 2023: "No puede ser más caro producir y trabajar en el interior del país que en Buenos Aires"</p><p>El titular del ente recaudador, Carlos Castagneto, valoró el cumplimiento de la mayoría de los contribuyentes y, con respecto a quienes todavía no pagaron, dijo: "espero que se trate de alguna demora administrativa por parte de las empresas", aunque reconoció que "lamentablemente un puñado de estos grandes contribuyentes ha decidido no pagar recurriendo a la vía judicial, actitud de la que esperamos que desistan, dado el éxito que tuvo la Resolución y los fallos a favor con los que ya contamos".</p><p>El funcionario se refirió a la Resolución General 5248/2022 de la AFIP, que estableció un pago anticipado por única vez a cuenta del impuesto a las ganancias, para las 1.900 empresas más grandes del país. La decisión alcanza a dos universos de grandes contribuyentes que cumplan con los siguientes parámetros:</p><p>El monto del impuesto determinado de la declaración jurada correspondiente al período fiscal 2021 o 2022, según corresponda, sea igual o superior a $100 millones.El monto del resultado impositivo que surge de la declaración jurada, sin aplicar la deducción de los quebrantos impositivos de ejercicios anteriores conforme la mencionada ley del impuesto, sea igual o superior a $300 millones."La medida simplemente adelanta la fecha de las cuotas del impuesto determinado que las empresas ya saben que deben afrontar", concluyó Castagneto.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/hxkLDeec9h50a2VQqamPzpnANw4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/galeria/fotos/2022/10/26/l_1666795070.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Un total de 1.181 grandes empresas cumplieron en fecha con el primer pago del anticipo extraordinario del Impuesto a las Ganancias, y aportaron al Fis...]]>
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                <updated>2022-10-26T14:33:28+00:00</updated>
                <published>2022-10-26T14:33:28+00:00</published>
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            IFE 5 y jubilaciones ordinarias: todo lo que hay que saber
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                <![CDATA[Radio Rafaela]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/aJVJmHNMLbEQTSdQWmsQ4uFt640=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/galeria/fotos/2022/09/28/l_1664401249.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>A partir de octubre entrará en vigencia el IFE 5. Esto trajo en la población dudas y preguntas en relación al mismo. Radio Rafaela dialogó con Andrea Steinberger , abogada M° N° 5839, para responder estas cuestiones, junto a información acerca de las jubilaciones ordinarias.</p><p>Desde el próximo mes, en nuestro país se comenzará a cobrar el “IFE 5”. El Ingreso Familiar de Emergencia surgió de parte del gobierno nacional, para paliar el impacto de la emergencia sanitaria sobre la economía de las familias argentinas más afectadas.</p><p>Luego de haberse presentado en cuatro oportunidades el IFE, volverá para finales de este año, en una quinta ocasión. Durante octubre, noviembre y diciembre los beneficiados cobrarán $16.500.</p><p>Ante la consulta sobre quiénes pueden cobrar el mismo, Steinberger declaró que no se pueden cobrar dos beneficios de la misma naturaleza.</p><p>Quedan excluidas las personas que están cobrando el "Potenciar Trabajo", la Asignación Universal por Hijo, la Asignación por Embarazo y también las personas que cobran la tarjeta "Alimentar"[Andrea Steinberger]</p><p>Sumado a esto, Andrea Steinberger recomienda que antes de solicitar el IFE, se debe recordar la actualización de los datos en “Mi Anses”.</p><p>¿Cómo tienen que hacerlo? “Generar la clave de la seguridad social y actualizar los datos personales y los datos familiares. Esto termina siendo una restricción también para cobrar el beneficio”, nos comentaba Steinberger, recalcando la importancia de esta cuestión.</p><p>► Te puede interesar: Presentaron "Mi Lehmann Pay", Billetera Virtual, en Fecol + Expodema 2022</p><p>Todo sobre la jubilación ordinaria</p><p>La jubilación ordinaria se obtiene en nuestro país a partir de los 65 años para los varones y 60 años para las mujeres, sumado a los 30 años de aporte.</p><p>El varón cuando cumple los 50 años, es importante hacer un reconocimiento de servicio para saber dónde estamos posicionados, cuáles son las ventajas que tengo, con qué herramientas cuento para poder regularizar mi situación y llegar con ese mínimo exigido por la ley N° 2441.[Andrea Steinberger]</p><p>Sumado a esto, se debe tener en cuenta que existen ocasiones en las que los trabajadores pueden conseguir su jubilación antes de estos parámetros. </p><p>Existen trabajadores que realizan algún tipo de tarea riesgosa o penosa, que genera un envejecimiento prematuro de su cuerpo. Steinberger mencionaba que este tipo de actividades permiten a los trabajadores jubilarse antes y con menos aportes. Por ejemplo, los trabajadores del vidrio, de la construcción, rurales y los de la carne se encuentran dentro de este beneficio.</p><p>¿Qué sucede con los trabajadores autónomos?Para aquellas personas autónomas o monotributistas, que incluso pueden tener deudas en relación a sus aportes, la AFIP brinda herramientas: “a través del plan “Mis Facilidades” nos permite regularizar esa deuda. Es cuestión de investigar, de estar, de preocuparse de ir a consultar, buscar alternativas”, nos mencionaba Andrea Steinberger, en relación a esta temática.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/aJVJmHNMLbEQTSdQWmsQ4uFt640=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/galeria/fotos/2022/09/28/l_1664401249.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>A partir de octubre entrará en vigencia el IFE 5. Esto trajo en la población dudas y preguntas en relación al mismo. Radio Rafaela dialogó con Andrea...]]>
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                <updated>2022-09-28T21:28:35+00:00</updated>
                <published>2022-09-28T21:28:35+00:00</published>
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