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    <title>RadioRafaela</title>
    <subtitle>Últimas noticias de rafaela Argentina</subtitle>
    <updated>2026-09-17T13:30:04+00:00</updated>
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            La Justicia avanza en la causa contra Chiqui Tapia y ordena investigar su patrimonio
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                <![CDATA[Radio Rafaela]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2026/09/chiqui_tapia.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El juez federal Ariel Lijo dispuso nuevas medidas en la causa que investiga al presidente de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), Claudio “Chiqui” Tapia, por presunto enriquecimiento ilícito.</p><p>La resolución incluye el levantamiento de los secretos fiscal, bancario, bursátil y financiero, además de una serie de pedidos de información destinados a reconstruir la situación patrimonial, económica y laboral del dirigente.</p><p>La investigación se inició a partir de una denuncia presentada contra Tapia por su desempeño como funcionario del CEAMSE, organismo en el que ocupó distintos cargos entre 2016 y 2025.</p>Más de 20 medidas para reconstruir su situación patrimonial<p>El magistrado hizo lugar al pedido del fiscal federal Gerardo Pollicita y ordenó requerimientos a distintos organismos públicos y privados.</p><p>Entre las medidas dispuestas figuran pedidos de información a:</p>ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero).ANSES.Banco Central.Entidades bancarias.Comisión Nacional de Valores.Unidad de Información Financiera.Registros de propiedades y automotores.Empresas de servicios financieros y billeteras virtuales.Confederación Sudamericana de Fútbol (CONMEBOL).<p>El objetivo es analizar ingresos, bienes declarados, movimientos financieros, activos y posibles variaciones patrimoniales.</p>Tapia bajo la lupa de la Justicia. Foto:AFADeclaraciones juradas, cuentas y movimientos financieros<p>El juzgado solicitó a ARCA las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales, además de información sobre bienes registrados, vehículos, inmuebles, participaciones societarias, créditos, activos financieros y operaciones económicas.</p><p>También pidió al Banco Central que consulte a las entidades financieras si Tapia tuvo cuentas, préstamos, tarjetas, cajas de seguridad, inversiones u otros productos bancarios.</p><p>La medida incluye información sobre transferencias, movimientos de fondos y operaciones en moneda extranjera.</p>Investigación sobre criptomonedas y activos digitales<p>La causa también contempla posibles operaciones con criptoactivos.</p><p>El juez pidió información a plataformas de activos virtuales y entidades vinculadas al mercado digital para determinar si Tapia tuvo cuentas, billeteras o movimientos en ese sector.</p><p>Entre las empresas requeridas figuran plataformas como Binance, Ripio, Belo, Ualá y OKX, que deberán informar si existen registros vinculados al dirigente y, en ese caso, aportar documentación sobre operaciones realizadas.</p>Pedidos de información al CEAMSE y Conmebol<p>El CEAMSE deberá entregar el legajo laboral de Tapia, los cargos que ocupó, los ingresos percibidos y las cuentas utilizadas para el pago de haberes.</p><p>Además, la Justicia solicitó información a la CONMEBOL, con sede en Paraguay, para conocer detalles de sus funciones, ingresos y vínculos laborales dentro del organismo sudamericano.</p><p>También se requirieron datos migratorios, registros de bienes muebles e inmuebles y antecedentes financieros.</p>La AFA no forma parte de la investigación<p>Según la resolución judicial, la investigación está vinculada a la actividad de Tapia como funcionario del CEAMSE.</p><p>Su cargo como presidente de la AFA, que ejerce de manera ad honorem, no forma parte de la causa.</p><p>Tapia integró el directorio del CEAMSE entre 2016 y 2025: primero como vicepresidente en representación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y luego como presidente en representación de la provincia de Buenos Aires.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2026/09/chiqui_tapia.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El juez federal Ariel Lijo levantó los secretos fiscal, bancario y bursátil del presidente de la AFA y dispuso una serie de medidas para analizar su situación patrimonial, financiera y laboral en el marco de una causa por presunto enriquecimiento ilícito.]]>
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                                                <category term="deportes" label="DEPORTES" />
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                <published>2026-09-17T13:30:00+00:00</published>
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            ARCA actualizó la factura electrónica: qué cambia y cuándo entran en vigencia las nuevas obligaciones
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                <![CDATA[RadioRafaela]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2026/08/arca.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puso en marcha una actualización del régimen de facturación electrónica mediante la Resolución General 5866/2026. La normativa introduce nuevas modalidades de carga, modifica obligaciones para determinados contribuyentes y establece una implementación escalonada que comenzó el 1 de julio de 2026 y se extenderá hasta marzo de 2027.</p><p>&nbsp;</p><p>Los cambios alcanzan especialmente a entidades financieras, compañías de seguros, administradoras de tarjetas, sistemas de pago y otros sectores específicos. Al mismo tiempo, la reglamentación incorpora precisiones sobre cuándo deben emitirse determinados comprobantes y qué datos deberán consignarse en operaciones con consumidores finales.</p><p>&nbsp;</p>Cómo funcionará la Liquidación Electrónica Mensual<p>&nbsp;</p><p>Una de las principales novedades es la incorporación de la Liquidación Electrónica Mensual, que permitirá documentar determinadas operaciones de manera consolidada cuando la normativa habilite esta alternativa. Los contribuyentes alcanzados podrán optar entre emitir comprobantes por cada operación o realizar una liquidación mensual por cliente.</p><p>&nbsp;</p><p>En caso de utilizar esta modalidad, la liquidación deberá emitirse hasta el último día del mes calendario correspondiente. Luego deberá ser puesta a disposición del cliente dentro de los 10 días corridos posteriores, mientras que el contribuyente tendrá que conservar los registros y documentación que permitan individualizar cada operación incluida.</p><p>&nbsp;</p>Cuándo deberán emitirse determinados comprobantes<p>&nbsp;</p><p>Desde el 1 de julio de 2026, los directores de sociedades anónimas, síndicos, miembros de consejos de vigilancia y autoridades equivalentes de asociaciones, fundaciones, cooperativas y otras entidades quedaron obligados a emitir factura electrónica por los honorarios percibidos. El comprobante deberá generarse cuando se determine formalmente la asignación individual de esos honorarios.</p><p>&nbsp;</p><p>La definición puede producirse mediante una asamblea de accionistas, reunión de socios, directorio u otro órgano ejecutivo correspondiente. De esta manera, la resolución precisa el momento exacto en que nace la obligación de emitir la factura.</p><p>&nbsp;</p>El cronograma de implementación<p>&nbsp;</p><p>La incorporación de las nuevas obligaciones se realizará de forma progresiva. Desde el 1 de septiembre de 2026, las compañías de seguros deberán emitir comprobantes electrónicos en operaciones con consumidores finales y en determinados casos de bonificaciones, descuentos, devoluciones, quitas y rescisiones.</p><p>&nbsp;</p><p>Las aseguradoras podrán continuar utilizando hasta el 31 de diciembre de 2026 el servicio específico correspondiente a seguros de caución. Luego, desde el 1 de octubre, las entidades financieras deberán comenzar a emitir comprobantes electrónicos por contratos de leasing y determinadas operaciones vinculadas al comercio exterior.</p><p>&nbsp;</p><p>La siguiente etapa comenzará el 1 de diciembre de 2026 e incluirá nuevas obligaciones para bancos sobre determinados préstamos, con excepción de los descubiertos en cuenta corriente. También alcanzará a administradoras y emisoras de tarjetas de crédito, compra y débito, además de ciertos participantes de sistemas de pago mediante transferencias.</p><p>&nbsp;</p><p>Finalmente, el 1 de marzo de 2027 entrará en vigencia la última etapa del cronograma. Allí quedarán comprendidas determinadas operaciones de coaseguro y liquidaciones periódicas realizadas por entidades financieras y administradoras de tarjetas.</p><p>&nbsp;</p>Nuevos requisitos para consumidores finales<p>&nbsp;</p><p>La resolución también modifica las exigencias de identificación en operaciones con consumidores finales. Cuando una compra o contratación sea igual o superior a $10 millones, deberá consignarse obligatoriamente el DNI, CUIL o CDI del comprador.</p><p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>En el caso de personas extranjeras, podrá utilizarse el documento de identidad emitido en su país de origen o el pasaporte. Para operaciones inferiores a ese importe, los datos de nombre, apellido y domicilio podrán consignarse como “NR” (No Requerido) o quedar en valores nulos, siempre que el sistema utilizado lo permita.</p><p>&nbsp;</p>Qué sectores quedan alcanzados<p>&nbsp;</p><p>Además de las entidades financieras, la normativa comprende a compañías de seguros, administradoras y emisoras de tarjetas, participantes de sistemas de pago, empresas de medicina prepaga, instituciones educativas privadas y proveedores de servicios de activos virtuales registrados ante la CNV. La implementación dependerá del tipo de operación y del cronograma establecido para cada actividad.</p><p>&nbsp;</p><p>La resolución también amplía determinadas excepciones a la obligación de emitir comprobantes para operaciones realizadas por organismos públicos, servicios postales, transporte público, juegos de azar, espectáculos públicos y máquinas expendedoras automáticas que cumplan con los requisitos técnicos previstos por ARCA. El esquema busca avanzar hacia una mayor digitalización y uniformidad en la administración de los comprobantes electrónicos.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2026/08/arca.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La Resolución General 5866/2026 incorpora una Liquidación Electrónica Mensual, redefine momentos de emisión de comprobantes y establece un cronograma progresivo para distintos sectores. También fija nuevas exigencias para identificar a consumidores finales en operaciones de $10 millones o más.]]>
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                                                <category term="nacionales" label="NACIONALES" />
                                <updated>2026-08-19T22:08:31+00:00</updated>
                <published>2026-08-19T21:59:34+00:00</published>
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            El Gobierno espera recibir un buen dato de recaudación: el informe de una prestigiosa consultora
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2026/08/manana_se_difunde_la_recaudacion_de_julio.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Gobierno nacional apuesta a una mejora de la recaudación impositiva en julio, a partir del postergado pago del impuesto a las Ganancias para personas humanas.</p><p>En junio los ingresos fiscales fueron de unos $ 20 billones, lo que representó una baja de 8% real. El Ministerio de Economía adjudicó esta contracción a la postergación del pago del impuesto a las Ganancias para personas humanas que finalmente operó el 27 de julio.</p><p>Esta postergación había estado vinculada con la discusión por el proyecto de Inocencia Fiscal. Los datos de la recaudación de julio serán comunicados este lunes por la tarde por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).</p><p>La confianza en un resultado positivo está fundada en los ingresos que se computan día a día. Informes privados señalan que habrá una mejora impulsada por Ganancias, aunque aún el UVA corre débil.</p><p>Por este comportamiento, se observó que en julio las transferencias automáticas a provincias crecieron cerca de 7,5% real interanual. También alienta las expectativas una serie de informes que señalan un leve repunte de la actividad económica.</p><p>El Índice Líder de la Consultora Analytica mostró que la actividad aumentó 1,7% en junio con relación al mismo mes del año pasado y 0,3% contra mayo.</p><p>A su vez, para el estudio de Orlando Ferreres el nivel general de actividad registró una suba de 1,9% anual en junio, acumulando para el primer semestre del año una variación de 0,1%. Por su parte, la medición desestacionalizada registró una expansión de 0,4% respecto al mes precedente.</p><p>Lo que marque la recaudación de julio será un indicio de si este escenario se mantuvo o volvió a frenarse. El dato a seguir es la evolución del IVA debido a que es uno de los principales tributos que reflejan la situación del consumo.</p><p>Al momento, los indicadores de consumo masivo no dan señales de recuperación y es uno de los principales factores que impacta en la recaudación.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2026/08/manana_se_difunde_la_recaudacion_de_julio.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La cifra se conoce este lunes y sumará ingresos por Ganancias de personas humadas que se habían postergado en junio.]]>
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                                                <category term="nacionales" label="NACIONALES" />
                                <updated>2026-08-02T15:38:07+00:00</updated>
                <published>2026-08-02T15:35:30+00:00</published>
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            Lewandowski propone suspender por un año embargos y ejecuciones fiscales a MiPyMEs
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        <link rel="alternate" href="https://radiorafaela.com.ar/nacionales/lewandowski-propone-suspender-por-un-ano-embargos-y-ejecuciones-fiscales-a-mipymes" type="text/html" title="Lewandowski propone suspender por un año embargos y ejecuciones fiscales a MiPyMEs" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2026/07/lewandowski.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El senador nacional Marcelo Lewandowski presentó en el Congreso un proyecto de ley que propone suspender durante un año las ejecuciones fiscales y medidas cautelares impulsadas por ARCA contra MiPyMEs, cooperativas, empresas recuperadas, monotributistas, profesionales autónomos y entidades sin fines de lucro.</p><p>&nbsp;</p><p>La iniciativa contempla frenar temporalmente los juicios de ejecución fiscal, los embargos sobre cuentas bancarias, inhibiciones generales de bienes y otras medidas cautelares. También plantea levantar automáticamente los embargos bancarios ya existentes para los contribuyentes alcanzados, con el objetivo de recuperar liquidez y capital de trabajo.</p><p>&nbsp;</p><p>“No podemos permitir que una empresa cierre por un embargo cuando lo que necesita es tiempo para recuperarse. Primero hay que mantener viva la empresa para que pueda seguir produciendo y sosteniendo el empleo”, afirmó Lewandowski.</p><p>&nbsp;</p>Un régimen para regularizar deudas<p>&nbsp;</p><p>El proyecto incorpora además un esquema excepcional de regularización de obligaciones. Según explicó el senador, contempla condonación total de multas e intereses para microempresas, reducciones para pequeñas y medianas compañías y planes de financiación, además de eliminar la exclusión por categoría de riesgo del SIPER para acceder a los beneficios.</p><p>&nbsp;</p><p>Lewandowski presentó los alcances de la propuesta durante una visita a Villa Constitución, donde se reunió con representantes de cámaras empresariales junto al diputado provincial Miguel Rabbia y el intendente Jorge Berti.</p><p>&nbsp;</p><p>“Las PyMEs no están pidiendo privilegios, están pidiendo poder seguir trabajando”, sostuvo el legislador, quien señaló que la intención es preservar empresas y evitar la pérdida de puestos de trabajo mientras los contribuyentes regularizan sus obligaciones.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2026/07/lewandowski.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El senador nacional presentó un proyecto para brindar alivio a pequeñas y medianas empresas, cooperativas, monotributistas y otros sectores productivos. Durante una visita a Villa Constitución expuso la iniciativa ante representantes empresariales.]]>
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                                                <category term="nacionales" label="NACIONALES" />
                                <updated>2026-07-27T22:34:56+00:00</updated>
                <published>2026-07-27T22:34:26+00:00</published>
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            Monotributo 2026: las nuevas escalas, cuánto se pagará y hasta cuándo hay tiempo para recategorizarse
        </title>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2026/07/monotributo_2026.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó las escalas del Monotributo que comenzarán a aplicarse desde el 1° de agosto de 2026 y abrió el período de recategorización para los contribuyentes que hayan modificado su situación durante los últimos 12 meses.</p><p>&nbsp;</p><p>El trámite podrá realizarse hasta el 5 de agosto, mientras que quienes mantengan los mismos parámetros de actividad no deberán hacer ninguna gestión.</p><p>&nbsp;</p><p>La actualización contempla un incremento del 16,8% en los topes de facturación y en los importes mensuales de las categorías, en línea con la inflación acumulada durante el primer semestre del año. Los nuevos valores deberán tenerse en cuenta para determinar si corresponde permanecer en la categoría actual o pasar a otra.</p><p>&nbsp;</p><p>Para los pequeños contribuyentes, el momento de la recategorización suele generar dudas: no alcanza con mirar cuánto se facturó en los últimos meses, sino que hay que revisar el conjunto de parámetros que utiliza el régimen. Hacer el cálculo con anticipación permite evitar errores y reducir el riesgo de una recategorización de oficio por parte de ARCA.</p><p>&nbsp;</p><p></p><p>&nbsp;</p>Qué hay que revisar antes de recategorizarse en el Monotributo<p>&nbsp;</p><p>El primer paso para saber si corresponde cambiar de categoría es analizar la actividad desarrollada durante los últimos 12 meses. ARCA establece que deben considerarse los ingresos brutos obtenidos y, según la actividad, otros parámetros como los alquileres devengados, la superficie afectada y el consumo de energía eléctrica.</p><p>&nbsp;</p><p>Por eso, una persona que factura como monotributista debería reunir antes de iniciar el trámite toda la información correspondiente al período que debe evaluar. El objetivo es comparar esos datos con los límites de la categoría en la que está inscripta.</p><p>&nbsp;</p><p></p><p>&nbsp;</p><p>Desde agosto, los topes anuales de ingresos brutos quedan establecidos de la siguiente manera:</p><p>&nbsp;</p><p>Categoría A: hasta $12.009.410,45.</p><p>&nbsp;</p><p>Categoría B: hasta $17.595.182,74.</p><p>&nbsp;</p><p>Categoría C: hasta $24.670.494,31.</p><p>&nbsp;</p><p>Categoría D: hasta $30.628.651,43.</p><p>&nbsp;</p><p>Categoría E: hasta $36.028.231,33.</p><p>&nbsp;</p><p>Categoría F: hasta $45.151.659,41.</p><p>&nbsp;</p><p>Categoría G: hasta $53.995.798,87.</p><p>&nbsp;</p><p>Categoría H: hasta $81.924.660,37.</p><p>&nbsp;</p><p>Categoría I: hasta $91.699.761,90.</p><p>&nbsp;</p><p>Categoría J: hasta $105.012.519,20.</p><p>&nbsp;</p><p>Categoría K: hasta $126.610.838,75.</p><p>&nbsp;</p><p>La comparación no debe hacerse únicamente con la facturación mensual. El régimen contempla la evaluación de un período de 12 meses y, dependiendo de la actividad, pueden intervenir otros parámetros.</p><p>&nbsp;</p><p>Esto significa que un monotributista que durante el último año aumentó su nivel de facturación debe comprobar si ese crecimiento lo mantiene dentro de los límites de su categoría o si corresponde una modificación.</p><p>&nbsp;</p><p>En cambio, quienes mantienen los mismos parámetros que en el semestre anterior no tienen que realizar ninguna acción. Tampoco deben recategorizarse quienes llevan menos de seis meses calendario desde el inicio de su actividad.</p><p>&nbsp;</p><p>Una alternativa que facilita el trámite es la recategorización simplificada, disponible para determinados contribuyentes. Esta herramienta permite visualizar la facturación anual registrada y agilizar el proceso, siempre que se cumplan las condiciones establecidas por ARCA.</p><p>&nbsp;</p><p>Para evitar errores, una recomendación práctica es comparar primero los comprobantes emitidos con la información que figura en el sistema de ARCA. Si existen diferencias, conviene revisar los registros antes de confirmar una nueva categoría.</p><p>&nbsp;</p>Cuánto se pagará desde agosto y cómo hacer el trámite<p>&nbsp;</p><p>La actualización también modifica los importes mensuales que deben pagar los monotributistas. La cuota incluye el impuesto integrado, el aporte jubilatorio y la obra social, aunque el importe final varía según la categoría y, desde determinados niveles, según se trate de una actividad de servicios o de venta de bienes.</p><p>&nbsp;</p><p>Los valores mensuales desde agosto son:</p><p>&nbsp;</p><p>Categoría A: $49.527,18.</p><p>&nbsp;</p><p>Categoría B: $56.379,08.</p><p>&nbsp;</p><p>Categoría C: $66.020,12 para servicios y $64.530,58 para bienes.</p><p>&nbsp;</p><p>Categoría D: $84.612,93 para servicios y $82.564,81 para bienes.</p><p>&nbsp;</p><p>Categoría E: $119.811,45 para servicios y $108.267,51 para bienes.</p><p>&nbsp;</p><p>Categoría F: $150.784,21 para servicios y $129.930,65 para bienes.</p><p>&nbsp;</p><p>Categoría G: $230.312,94 para servicios y $158.815,05 para bienes.</p><p>&nbsp;</p><p>Categoría H: $522.706,68 para servicios y $317.895,01 para bienes.</p><p>&nbsp;</p><p>Categoría I: $963.747,86 para servicios y $474.992,78 para bienes.</p><p>&nbsp;</p><p>Categoría J: $1.167.299,76 para servicios y $580.793,69 para bienes.</p><p>&nbsp;</p><p>Categoría K: $1.614.446,04 para servicios y $702.103,24 para bienes.</p><p>&nbsp;</p><p>Los nuevos importes comenzarán a aplicarse en el pago correspondiente al período de agosto, cuyo vencimiento está previsto para el 20 de agosto.</p><p>&nbsp;</p><p>Si después de analizar los parámetros corresponde cambiar de categoría, el trámite se realiza de manera online. El contribuyente debe ingresar al portal de ARCA con su CUIT y clave fiscal, acceder al servicio Monotributo y seleccionar la opción "Recategorizarme".</p><p>&nbsp;</p><p>Luego deberá revisar los datos registrados, continuar con la recategorización, actualizar la información que corresponda y confirmar el trámite. Una vez finalizado, es recomendable descargar y conservar el formulario F.184 y la nueva credencial de pago.</p><p>&nbsp;</p><p>Un punto importante es que no realizar la recategorización cuando corresponde puede generar inconvenientes posteriores. ARCA puede iniciar una recategorización de oficio si detecta inconsistencias entre la categoría declarada y la información disponible sobre la situación económica del contribuyente.</p><p>&nbsp;</p><p>Para realizar ese control, el organismo puede considerar, entre otros datos, las compras, los gastos y las acreditaciones bancarias. Si esos movimientos resultan incompatibles con los ingresos máximos permitidos para la categoría declarada, ARCA puede determinar de oficio una nueva categorización.</p><p>&nbsp;</p><p>En caso de que un contribuyente reciba una notificación de recategorización de oficio y considere que la decisión es incorrecta, puede consultar los motivos a través del portal de Monotributo y presentar una apelación mediante el servicio Presentaciones Digitales, dentro del plazo establecido por ARCA.</p><p>&nbsp;</p><p>Para los monotributistas, la recomendación más sencilla es no esperar hasta el último día. Revisar ahora la facturación de los últimos 12 meses, controlar los demás parámetros que correspondan a la actividad y comparar los resultados con las nuevas escalas permite saber con anticipación si es necesario hacer algún cambio.</p><p>&nbsp;</p><p>De esta manera, el período de recategorización se convierte también en una oportunidad para ordenar la situación fiscal, verificar que la información registrada ante ARCA sea correcta y evitar que una diferencia entre la actividad real y la categoría declarada termine generando una modificación de oficio.</p><p>&nbsp;</p><p>El plazo para realizar la recategorización vence el 5 de agosto de 2026. Quienes no tengan cambios que impliquen modificar su categoría no necesitan realizar el trámite. Los demás deberán completar el procedimiento online antes de esa fecha para adecuar su situación a las nuevas escalas que comenzarán a regir desde agosto.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2026/07/monotributo_2026.webp" class="type:primaryImage" /></figure>ARCA actualizó un 16,8 % los topes de facturación y las cuotas mensuales, que comenzarán a regir desde agosto. Los contribuyentes que hayan modificado sus parámetros tendrán plazo hasta el 5 de agosto para cambiar de categoría.]]>
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                                                <category term="nacionales" label="NACIONALES" />
                                <updated>2026-07-21T19:21:51+00:00</updated>
                <published>2026-07-21T19:20:21+00:00</published>
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        <title>
            Monotributo: ARCA abrió la recategorización y el plazo vence el 5 de agosto
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        <link rel="alternate" href="https://radiorafaela.com.ar/nacionales/monotributo-arca-abrio-la-recategorizacion-y-el-plazo-vence-el-5-de-agosto" type="text/html" title="Monotributo: ARCA abrió la recategorización y el plazo vence el 5 de agosto" />
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                <![CDATA[Radio Rafaela]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2026/07/arca_5.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilitó la recategorización semestral del Monotributo, luego de oficializar los nuevos topes de facturación y valores mensuales que tendrán vigencia desde el 1.º de agosto de 2026.</p><p>Los pequeños contribuyentes tendrán tiempo hasta el miércoles 5 de agosto para verificar si deben continuar en la misma categoría o pasar a otra de acuerdo con la evolución de su actividad durante los últimos 12 meses.</p><p>La actualización representa un incremento cercano al 16,8 % y alcanza tanto a los límites de ingresos brutos como a las cuotas mensuales, los alquileres devengados y el precio unitario máximo permitido para la venta de productos.</p>Quiénes deben recategorizarse<p>El trámite corresponde cuando los parámetros de la actividad quedaron por encima o por debajo de los límites establecidos para la categoría en la que se encuentra inscripto el contribuyente.</p><p>Para definir la categoría correspondiente deberán evaluarse:</p>Los ingresos brutos acumulados.Los alquileres devengados.La superficie utilizada para la actividad.La energía eléctrica consumida.<p>ARCA aclaró que no deben hacer ninguna gestión quienes continúen dentro de la misma categoría ni aquellos contribuyentes que tengan menos de seis meses de actividad. En caso de no realizarse el trámite, el sistema entenderá que no hubo modificaciones.</p>Cómo realizar el trámite<p>La recategorización se completa de manera digital mediante el portal del Monotributo. Los pasos son:</p>Ingresar con CUIT y clave fiscal.Acceder al servicio “Monotributo”.Seleccionar la opción “Recategorizarme”.Revisar la información disponible.Actualizar los parámetros, cuando corresponda.Confirmar la nueva categoría.Descargar el formulario y la credencial de pago.<p>ARCA también ofrece una modalidad simplificada que muestra automáticamente la facturación anual registrada para agilizar el procedimiento.</p>Nuevos topes de facturación anual<p>Las escalas que regirán desde agosto quedaron establecidas de la siguiente manera:</p>Categoría A: hasta $12.009.410,45.Categoría B: hasta $17.595.182,74.Categoría C: hasta $24.670.494,31.Categoría D: hasta $30.628.651,43.Categoría E: hasta $36.028.231,33.Categoría F: hasta $45.151.659,41.Categoría G: hasta $53.995.798,87.Categoría H: hasta $81.924.660,37.Categoría I: hasta $91.699.761,90.Categoría J: hasta $105.012.519,20.Categoría K: hasta $126.610.838,75.Cuánto pagarán quienes prestan servicios<p>Las cuotas mensuales para locaciones y prestaciones de servicios serán:</p>Categoría A: $49.527,18.Categoría B: $56.379,08.Categoría C: $66.020,12.Categoría D: $84.612,93.Categoría E: $119.811,45.Categoría F: $150.784,21.Categoría G: $230.312,94.Categoría H: $522.706,68.Categoría I: $963.747,86.Categoría J: $1.167.299,76.Categoría K: $1.614.446,04.Cuotas para quienes venden productos<p>En el caso de la venta de cosas muebles, los valores serán:</p>Categoría A: $49.527,18.Categoría B: $56.379,08.Categoría C: $64.530,58.Categoría D: $82.564,81.Categoría E: $108.267,51.Categoría F: $129.930,65.Categoría G: $158.815,05.Categoría H: $317.895,01.Categoría I: $474.992,78.Categoría J: $580.793,69.Categoría K: $702.103,24.<p>Las cuotas incluyen el componente impositivo, el aporte jubilatorio y la obra social, aunque el monto final puede variar según la situación previsional y sanitaria de cada contribuyente.</p>El primer pago con los valores actualizados<p>Los nuevos montos se aplicarán al período de agosto. El pago mensual del Monotributo vence habitualmente el día 20 de cada mes, salvo que esa fecha sea inhábil, caso en el que se traslada al siguiente día hábil.</p>Qué ocurre si no se informa un cambio<p>ARCA puede disponer una recategorización de oficio cuando detecta que un contribuyente no realizó el trámite o declaró una categoría incorrecta.</p><p>El procedimiento puede iniciarse cuando las compras, los gastos o las acreditaciones bancarias superan el límite permitido. La decisión será notificada mediante el Domicilio Fiscal Electrónico y podrá apelarse dentro de los plazos establecidos.</p><p>Por eso, los contribuyentes que hayan registrado cambios deberán completar la recategorización antes del 5 de agosto para evitar inconsistencias y posibles ajustes posteriores.</p>&nbsp;]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2026/07/arca_5.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Los contribuyentes deberán revisar su facturación y los demás parámetros de los últimos 12 meses. Las nuevas escalas y cuotas mensuales comenzarán a regir desde agosto.]]>
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                                                <category term="nacionales" label="NACIONALES" />
                                <updated>2026-07-21T13:08:29+00:00</updated>
                <published>2026-07-21T13:06:58+00:00</published>
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        <title>
            ARCA prorrogó la declaración jurada de Ganancias, pero el pago vence el 27 de julio
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        <link rel="alternate" href="https://radiorafaela.com.ar/nacionales/arca-prorrogo-la-declaracion-jurada-de-ganancias-pero-el-pago-vence-el-27-de-julio" type="text/html" title="ARCA prorrogó la declaración jurada de Ganancias, pero el pago vence el 27 de julio" />
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                <![CDATA[RadioRafaela]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2026/07/arca_4.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) extendió el plazo para presentar la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2025, aunque mantuvo sin cambios la fecha límite para abonar el saldo resultante.</p><p>&nbsp;</p><p>La medida fue oficializada mediante la Resolución General 5876/2026, publicada este lunes en el Boletín Oficial, y alcanza a personas humanas y sucesiones indivisas, tanto del régimen general como del sistema de declaración jurada simplificada.</p><p>&nbsp;</p><p>De acuerdo con el nuevo cronograma, la declaración jurada podrá presentarse hasta el 27 de agosto de 2026, mientras que el pago continuará venciendo el 27 de julio de 2026.</p><p>&nbsp;</p>El pago deberá realizarse antes de la presentación<p>&nbsp;</p><p>La modificación separó los vencimientos de ambas obligaciones. De esta manera, los contribuyentes deberán determinar y abonar el saldo de Ganancias antes de que finalice formalmente el plazo para presentar la declaración jurada.</p><p>&nbsp;</p><p>El cronograma quedó establecido de la siguiente manera:</p><p>&nbsp;</p>Presentación de Ganancias 2025: hasta el 27 de agosto.Pago del saldo resultante: hasta el 27 de julio.<p>&nbsp;</p><p>ARCA argumentó que la ampliación responde a razones de administración tributaria y busca otorgar más tiempo para completar la presentación correspondiente al período fiscal 2025.</p><p>&nbsp;</p>Bienes Personales vence el 27 de julio<p>&nbsp;</p><p>La resolución aclaró que la extensión no alcanza al Impuesto sobre los Bienes Personales.</p><p>&nbsp;</p><p>En ese caso, tanto la presentación de la declaración jurada como el pago del saldo correspondiente al período fiscal 2025 deberán concretarse hasta el 27 de julio de 2026, inclusive.</p><p>&nbsp;</p>También postergaron el primer anticipo de Ganancias<p>&nbsp;</p><p>ARCA modificó además el vencimiento del primer anticipo del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2026, que originalmente debía abonarse en agosto.</p><p>&nbsp;</p><p>Las nuevas fechas dependerán de la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT):</p><p>&nbsp;</p>CUIT terminados en 0, 1, 2 y 3: 14 de septiembre.CUIT terminados en 4, 5 y 6: 15 de septiembre.CUIT terminados en 7, 8 y 9: 16 de septiembre.<p>&nbsp;</p><p>El organismo explicó que los anticipos se calculan sobre la base del impuesto determinado en el período fiscal anterior. Por ese motivo, la postergación de la declaración jurada de 2025 hizo necesario trasladar también el primer vencimiento de 2026.</p><p>&nbsp;</p>Una decisión cuestionada por especialistas<p>&nbsp;</p><p>La decisión de mantener el pago para julio, pero permitir la presentación hasta agosto, generó cuestionamientos entre especialistas tributarios.</p><p>&nbsp;</p><p>El tributarista Sebastián Domínguez advirtió que el saldo se conoce formalmente al confeccionar la declaración jurada, por lo que consideró discutible que el contribuyente deba realizar el pago antes de completar su presentación.</p><p>&nbsp;</p><p>Según su análisis, la medida respondería a la necesidad de mantener la recaudación de un impuesto coparticipable, cuyos ingresos también impactan en las provincias y en la Ciudad de Buenos Aires.</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2026/07/arca_4.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La presentación correspondiente al período fiscal 2025 podrá realizarse hasta el 27 de agosto. Sin embargo, el plazo para ingresar el saldo no fue modificado. Bienes Personales tampoco recibió una nueva prórroga.]]>
                </summary>
                                                <category term="nacionales" label="NACIONALES" />
                                <updated>2026-07-20T19:39:17+00:00</updated>
                <published>2026-07-20T19:37:57+00:00</published>
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        <title>
            ARCA habilitó la recategorización del Monotributo: nuevos topes y cuotas desde agosto
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://radiorafaela.com.ar/nacionales/arca-habilito-la-recategorizacion-del-monotributo-nuevos-topes-y-cuotas-desde-agosto" type="text/html" title="ARCA habilitó la recategorización del Monotributo: nuevos topes y cuotas desde agosto" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2026/07/arca_2.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilitó la segunda recategorización semestral del Monotributo 2026 y publicó los nuevos parámetros que comenzarán a aplicarse desde el 1.º de agosto.</p><p>&nbsp;</p><p>Los monotributistas tendrán tiempo hasta el 5 de agosto para revisar su situación y determinar si deben continuar en la misma categoría o pasar a otra. Para realizar la evaluación deberán considerar los ingresos, alquileres, superficie utilizada y consumo eléctrico correspondientes a los últimos 12 meses.</p><p>&nbsp;</p><p>La actualización de los topes y las cuotas representa un incremento cercano al 16,8 % frente a los valores vigentes entre febrero y julio de 2026.</p><p>&nbsp;</p>Quiénes deben hacer la recategorización<p>&nbsp;</p><p>El trámite corresponde cuando alguno de los parámetros de la actividad quedó por encima o por debajo de los límites establecidos para la categoría vigente.</p><p>&nbsp;</p><p>Deben revisarse:</p><p>&nbsp;</p>Los ingresos brutos acumulados.Los alquileres devengados.La superficie afectada a la actividad.La energía eléctrica consumida.<p>&nbsp;</p><p>Quienes no hayan registrado modificaciones no necesitan realizar ninguna gestión y permanecerán automáticamente en la misma categoría. Tampoco deben recategorizarse quienes tengan menos de seis meses desde el inicio de su actividad.</p><p>&nbsp;</p>Los nuevos topes de facturación anual<p>&nbsp;</p><p>Desde agosto, los límites de ingresos brutos quedarán establecidos de la siguiente manera:</p><p>&nbsp;</p>Categoría A: hasta $12.009.410,45.Categoría B: hasta $17.595.182,74.Categoría C: hasta $24.670.494,31.Categoría D: hasta $30.628.651,43.Categoría E: hasta $36.028.231,33.Categoría F: hasta $45.151.659,41.Categoría G: hasta $53.995.798,87.Categoría H: hasta $81.924.660,37.Categoría I: hasta $91.699.761,90.Categoría J: hasta $105.012.519,20.Categoría K: hasta $126.610.838,75.&nbsp;<p>&nbsp;</p>Cuánto pagarán quienes prestan servicios<p>&nbsp;</p><p>Las cuotas mensuales para locaciones y prestaciones de servicios serán:</p><p>&nbsp;</p>Categoría A: $49.527,18.Categoría B: $56.379,08.Categoría C: $66.020,12.Categoría D: $84.612,93.Categoría E: $119.811,45.Categoría F: $150.784,21.Categoría G: $230.312,94.Categoría H: $522.706,68.Categoría I: $963.747,86.Categoría J: $1.167.299,76.Categoría K: $1.614.446,04.&nbsp;Las cuotas para la venta de productos<p>&nbsp;</p><p>Los contribuyentes dedicados a la venta de cosas muebles deberán abonar:</p><p>&nbsp;</p>Categoría A: $49.527,18.Categoría B: $56.379,08.Categoría C: $64.530,58.Categoría D: $82.564,81.Categoría E: $108.267,51.Categoría F: $129.930,65.Categoría G: $158.815,05.Categoría H: $317.895,01.Categoría I: $474.992,78.Categoría J: $580.793,69.Categoría K: $702.103,24.<p>&nbsp;</p><p>Los valores incluyen el impuesto integrado, el aporte jubilatorio al SIPA y la obra social, aunque el importe final puede variar según la situación particular de cada contribuyente.</p><p>&nbsp;</p>También aumentaron los límites de alquileres<p>&nbsp;</p><p>ARCA actualizó los montos máximos de alquileres devengados durante los últimos 12 meses:</p><p>&nbsp;</p>Categorías A y B: hasta $2.792.886,15.Categorías C y D: hasta $3.816.944,41.Categorías E y F: hasta $4.841.002,66.Categoría G: hasta $5.771.964,69.Categorías H, I, J y K: hasta $8.378.658,45.<p>&nbsp;</p><p>El precio unitario máximo permitido para la venta de cosas muebles pasó a ser de $716.840,77 en todas las categorías.</p><p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p>Cómo completar el trámite<p>&nbsp;</p><p>Para realizar la recategorización, el contribuyente deberá ingresar al Portal Monotributo con clave fiscal, consultar la información disponible y confirmar la categoría correspondiente.</p><p>&nbsp;</p><p>El sistema puede mostrar automáticamente la facturación anual registrada para facilitar el procedimiento. Si los datos no reflejan correctamente la actividad, deberán ser revisados antes de confirmar el trámite.</p><p>&nbsp;</p><p>Los nuevos valores comenzarán a impactar en la cuota correspondiente a agosto y se mantendrán vigentes hasta enero de 2027.</p><p>&nbsp;</p>Qué ocurre si no se realiza<p>&nbsp;</p><p>Cuando un contribuyente no hace el trámite, ARCA considera que no hubo modificaciones y lo mantiene en la misma categoría.</p><p>&nbsp;</p><p>Sin embargo, el organismo puede disponer una recategorización de oficio si detecta compras, gastos, movimientos bancarios u otros indicadores superiores a los límites permitidos para la categoría declarada.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2026/07/arca_2.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Los pequeños contribuyentes tendrán tiempo hasta el 5 de agosto para completar el trámite. Los límites de facturación y los importes mensuales aumentaron alrededor del 16,8 %.]]>
                </summary>
                                                <category term="nacionales" label="NACIONALES" />
                                <updated>2026-07-20T19:19:01+00:00</updated>
                <published>2026-07-20T19:13:31+00:00</published>
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            ARCA lanzó un plan para pagar deudas en hasta 18 cuotas: quiénes pueden acceder
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://radiorafaela.com.ar/nacionales/arca-lanzo-un-plan-para-pagar-deudas-en-hasta-18-cuotas-quienes-pueden-acceder" type="text/html" title="ARCA lanzó un plan para pagar deudas en hasta 18 cuotas: quiénes pueden acceder" />
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                <![CDATA[Radio Rafaela]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2026/07/arca.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) lanzó un nuevo plan de pagos destinado a monotributistas, micro, pequeñas y medianas empresas, y entidades sin fines de lucro, con el objetivo de facilitar la regularización de deudas tributarias.</p><p>El régimen especial de facilidades fue instrumentado mediante la Resolución 5875, publicada este martes en el Boletín Oficial, y permitirá cancelar obligaciones vencidas hasta el 30 de junio de 2026, inclusive.</p><p>La adhesión podrá realizarse desde el 15 de julio hasta el 30 de octubre, a través del servicio Mis Facilidades, ingresando con clave fiscal en la página oficial de ARCA.</p>Qué deudas se pueden regularizar<p>El nuevo plan permitirá cancelar deudas impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social.</p><p>También incluye retenciones y percepciones impositivas, siempre que correspondan a obligaciones vencidas hasta el 30 de junio de 2026.</p><p>Desde el organismo aclararon que la regularización no implica reducción de intereses ni liberación de sanciones.</p>Cuántas cuotas ofrece el plan<p>La cantidad máxima de cuotas dependerá del tipo de contribuyente al momento de consolidar la deuda.</p><p>Los monotributistas, MiPyMEs y entidades sin fines de lucro podrán acceder a planes de hasta 18 cuotas para obligaciones impositivas y de la seguridad social, y de hasta 9 cuotas para retenciones y percepciones.</p><p>En estos casos, el pago a cuenta será del 5%.</p><p>En tanto, las medianas empresas tramo 1 y 2 podrán acceder a planes de hasta 15 cuotas para obligaciones impositivas y de la seguridad social, y de hasta 7 cuotas para retenciones y percepciones.</p><p>Para este grupo, el pago a cuenta será del 10%.</p><p>La tasa de interés mensual será del 2,75%.</p>Monto mínimo de cuotas y pago inicial<p>ARCA estableció que el monto mínimo de cada cuota y del pago a cuenta será de $50.000.</p><p>El contribuyente deberá consolidar la deuda, abonar el pago inicial correspondiente según su categoría y confirmar la presentación del plan.</p>Cómo adherirse al plan de pagos<p>La adhesión estará disponible desde el 15 de julio en el servicio Mis Facilidades, dentro del sitio oficial de ARCA.</p><p>Una vez allí, el contribuyente deberá seleccionar la opción “Régimen Especial de Facilidades de Pago - Obligaciones vencidas al 30/06/2026”.</p><p>Luego tendrá que consolidar la deuda, abonar el pago a cuenta correspondiente y confirmar la presentación del plan.</p><p>La medida apunta a facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de pequeños contribuyentes, empresas y entidades que buscan regularizar su situación fiscal.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2026/07/arca.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El nuevo régimen de facilidades está destinado a monotributistas, MiPyMEs y entidades sin fines de lucro. Permitirá regularizar deudas vencidas hasta el 30 de junio de 2026 y la adhesión estará disponible desde el 15 de julio hasta el 30 de octubre.]]>
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                                <updated>2026-07-14T13:12:49+00:00</updated>
                <published>2026-07-14T13:09:16+00:00</published>
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        <title>
            Más de 15.000 santafesinos adhirieron al Plan Especial de Pago para regularizar deudas tributarias
        </title>
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                <![CDATA[RadioRafaela]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2026/07/api.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Gobierno de la Provincia de Santa Fe informó que 15.710 contribuyentes ya adhirieron al Plan Especial de Pago, una herramienta destinada a facilitar la regularización de deudas tributarias con condiciones de financiación preferenciales.</p><p>&nbsp;</p><p>El régimen permanecerá vigente hasta el 31 de julio y permite ordenar obligaciones correspondientes a Ingresos Brutos, Impuesto Inmobiliario, Patente Única sobre Vehículos y Sellos.</p><p>&nbsp;</p><p>Según la modalidad elegida, el plan contempla hasta 36 cuotas, con tasas subsidiadas o financiación al 0% de interés.</p><p>&nbsp;</p>El Plan A, el más elegido<p>El programa más utilizado hasta el momento es el Plan A, destinado a pequeñas y medianas empresas y a familias con hasta dos inmuebles o dos vehículos registrados.</p><p>&nbsp;</p><p>Hasta el 30 de junio, esta modalidad acumuló 11.946 adhesiones, lo que representa cerca del 76% del total de contribuyentes que ingresaron al régimen.</p><p>&nbsp;</p><p>Dentro de ese grupo, 7.183 trámites correspondieron a la regularización de deudas de Patente Única sobre Vehículos; 2.894 al Impuesto Inmobiliario y 1.865 a Ingresos Brutos.</p><p>&nbsp;</p>“Aliviar la carga financiera de empresas y familias”<p>&nbsp;</p><p>El subsecretario de Ingresos Públicos, Florencio Galíndez, destacó que el programa responde a una decisión del Gobierno Provincial de acompañar a quienes producen, invierten y viven en Santa Fe.</p><p>&nbsp;</p><p>“Este plan fue impulsado por el gobernador Maximiliano Pullaro en un contexto macroeconómico complejo, caracterizado por la desaceleración de la actividad económica y las dificultades de acceso al financiamiento. Nuestro objetivo es aliviar la carga financiera de empresas y familias, sostener el entramado productivo y fortalecer la cultura del cumplimiento fiscal”, afirmó.</p><p>&nbsp;</p>Las otras modalidades del plan<p>&nbsp;</p><p>El Plan B, destinado a contribuyentes con más de dos inmuebles o dos vehículos registrados, reunió 3.641 adhesiones.</p><p>&nbsp;</p><p>De ese total, 2.084 correspondieron a Patente Única sobre Vehículos, 1.550 al Impuesto Inmobiliario, cinco a Ingresos Brutos y dos al Impuesto de Sellos.</p><p>&nbsp;</p><p>Por su parte, el Plan C, orientado a grandes contribuyentes, registró 10 adhesiones, mientras que el Plan D, destinado a empresas con obligaciones en discusión administrativa o judicial, alcanzó 101 solicitudes.</p><p>&nbsp;</p>Beneficio para prestadores de discapacidad<p>&nbsp;</p><p>El Plan Especial de Pago también contempla un régimen diferencial para prestadores de Servicios Asistenciales de Discapacidad.</p><p>&nbsp;</p><p>En este caso, las deudas pueden regularizarse en hasta 36 cuotas con financiación al 0% de interés.</p><p>&nbsp;</p><p>Hasta el 30 de junio, se registraron 12 adhesiones en este segmento: cinco por Patente Única sobre Vehículos, cuatro por Ingresos Brutos y tres por Impuesto Inmobiliario.</p><p>&nbsp;</p>Cómo adherirse<p>&nbsp;</p><p>La adhesión al plan se realiza de manera digital a través del portal de Gestiones Ciudadanas del Gobierno Provincial.</p><p>&nbsp;</p><p>El primer paso es generar la liquidación de la deuda correspondiente al impuesto que se desea regularizar. Para Impuesto Inmobiliario y Patente Única sobre Vehículos, se debe seleccionar el trámite “Visualización y liquidación de deuda”. Una vez emitida la liquidación, el sistema habilita el acceso al Plan Especial de Pago.</p><p>&nbsp;</p><p>En el caso de Ingresos Brutos y Sellos, el trámite se realiza mediante la opción “Ingresos Brutos - Aportes Sociales - Liquidación de deuda”. Para acceder, es necesario contar previamente con el servicio “API - Santa Fe - LDAE” habilitado en ARCA.</p><p>&nbsp;</p><p>Luego, el contribuyente puede seleccionar la cantidad de cuotas y visualizar el monto total financiado, el valor de cada cuota y el cronograma de vencimientos.</p><p>&nbsp;</p><p>Antes de confirmar el trámite, deberá completar una declaración jurada con datos básicos, como carácter invocado, correo electrónico, teléfono de contacto y CBU.</p><p>&nbsp;</p><p>Finalmente, el sistema permite descargar la Solicitud de Convenio de Pago en Cuotas y el comprobante de la primera cuota. Ese primer pago podrá realizarse en entidades habilitadas o mediante medios electrónicos, mientras que las cuotas restantes se debitarán automáticamente de la cuenta bancaria informada.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2026/07/api.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El programa provincial ya suma 15.710 adhesiones y estará vigente hasta el 31 de julio. Permite regularizar deudas de Ingresos Brutos, Inmobiliario, Patente y Sellos, con planes de hasta 36 cuotas, tasas subsidiadas o financiación al 0% de interés.]]>
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                                                <category term="provinciales" label="PROVINCIALES" />
                                <updated>2026-07-11T15:00:12+00:00</updated>
                <published>2026-07-11T14:57:35+00:00</published>
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        <title>
            Empleadas domésticas: cuánto se paga por hora en junio 2026 en Argentina
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://radiorafaela.com.ar/nacionales/empleadas-domesticas-cuanto-se-paga-por-hora-en-junio-2026-en-argentina" type="text/html" title="Empleadas domésticas: cuánto se paga por hora en junio 2026 en Argentina" />
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                <![CDATA[RadioRafaela]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2026/06/empleadas_domesticas.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>Las empleadas domésticas y el resto del personal de casas particulares cobran en junio de 2026 con una nueva actualización salarial del 1,5%, dispuesta por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares.</p><p>&nbsp;</p><p>Los nuevos valores rigen para todo el país y alcanzan tanto a quienes cobran por hora como a quienes perciben un salario mensual. Se trata de los montos mínimos obligatorios para el sector, aunque empleadores y trabajadoras pueden acordar remuneraciones superiores.</p><p>&nbsp;</p><p>Las escalas se dividen en cinco categorías: supervisores, personal para tareas específicas, caseros, asistencia y cuidado de personas, y personal para tareas generales.</p><p>&nbsp;</p>Cuánto se paga por hora en junio 2026<p>&nbsp;</p><p>La categoría más numerosa dentro del régimen sigue siendo la de tareas generales, que incluye limpieza, lavado, planchado, cocina básica y mantenimiento del hogar.</p><p>&nbsp;</p><p>En junio, los valores mínimos quedaron establecidos de la siguiente manera:</p><p>&nbsp;</p>Primera categoría: supervisores/as<p>&nbsp;</p><p>Corresponde al personal encargado de la coordinación y control de tareas realizadas por dos o más personas a su cargo.</p><p>&nbsp;</p><p>Con retiro:</p><p>&nbsp;</p>$4.297,33 por hora$536.080,78 por mes<p>&nbsp;</p><p>Sin retiro:</p><p>&nbsp;</p>$4.683,64 por hora$594.214,11 por mes&nbsp;Segunda categoría: personal para tareas específicas<p>&nbsp;</p><p>Incluye cocineros/as y trabajadores que realizan tareas especializadas dentro del hogar.</p><p>&nbsp;</p><p>Con retiro:</p><p>&nbsp;</p>$4.083,26 por hora$499.868,28 por mes<p>&nbsp;</p><p>Sin retiro:</p><p>&nbsp;</p>$4.453,26 por hora$553.536,65 por mes&nbsp;Tercera categoría: caseros/as<p>&nbsp;</p><p>Comprende a quienes residen en el domicilio donde prestan servicios.</p><p>&nbsp;</p>$3.862,18 por hora$488.326,19 por mes&nbsp;<p>&nbsp;</p>Cuarta categoría: asistencia y cuidado de personas<p>&nbsp;</p><p>Incluye el acompañamiento no terapéutico de niños, adultos mayores, personas enfermas o con discapacidad.</p><p>&nbsp;</p><p>Con retiro:</p><p>&nbsp;</p>$3.862,18 por hora$488.326,19 por mes<p>&nbsp;</p><p>Sin retiro:</p><p>&nbsp;</p>$4.295,26 por hora$541.255,35 por mes&nbsp;Quinta categoría: personal para tareas generales<p>&nbsp;</p><p>Abarca tareas de limpieza, lavado, planchado, cocina simple y mantenimiento general del hogar.</p><p>&nbsp;</p><p>Con retiro:</p><p>&nbsp;</p>$3.600,66 por hora$441.729,02 por mes<p>Sin retiro:</p><p>&nbsp;</p>$3.862,18 por hora$488.326,19 por mes&nbsp;Obligaciones de los empleadores<p>La normativa vigente establece que toda persona que contrate personal de casas particulares debe registrar correctamente la relación laboral.</p><p>&nbsp;</p><p>Entre las principales obligaciones se encuentran dar el alta en el régimen de Casas Particulares de ARCA, informar la categoría correspondiente, cargar los datos personales y laborales de la trabajadora y emitir recibos de sueldo mensuales.</p><p>&nbsp;</p><p>También corresponde pagar aportes jubilatorios, obra social y ART, además de liquidar aguinaldo, vacaciones y licencias previstas por ley.</p><p>&nbsp;</p><p>A estos valores se les deben sumar, cuando corresponda, los adicionales por antigüedad, equivalente al 1% por cada año trabajado; zona desfavorable, del 30% en determinadas regiones del sur del país; y horas extras.</p><p>&nbsp;</p>Aguinaldo de junio 2026<p>&nbsp;</p><p>Durante junio, las trabajadoras de casas particulares también deben percibir la primera cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC).</p><p>&nbsp;</p><p>El aguinaldo equivale al 50% de la mejor remuneración mensual cobrada entre enero y junio de 2026. Si la relación laboral comenzó durante el semestre, el monto debe calcularse de manera proporcional al tiempo trabajado.</p><p>&nbsp;</p><p>La fecha límite para el pago es el 30 de junio, aunque la normativa contempla un plazo adicional de hasta cuatro días hábiles. Por eso, podrá abonarse hasta el 6 de julio de 2026 sin que el empleador incurra en infracción.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2026/06/empleadas_domesticas.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El personal de casas particulares percibe este mes una suba del 1,5%. Los valores mínimos varían según la categoría, la modalidad de contratación y si la trabajadora presta tareas con o sin retiro.]]>
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                                <updated>2026-06-21T14:30:04+00:00</updated>
                <published>2026-06-21T14:30:00+00:00</published>
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            Ganancias y Bienes Personales: ARCA prorrogó vencimientos y contadores advierten por errores en el sistema
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        <author>
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                <![CDATA[Radio Rafaela]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2026/05/contadores_alertan_por_cambios_en_ganancias_y_bienes_personales_tras_la_prorroga.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispuso una prórroga excepcional para la presentación y el pago de las declaraciones juradas de Ganancias, Bienes Personales e Impuesto Cedular correspondientes al período fiscal 2025.</p><p>La medida alcanza a contribuyentes de todo el país y extiende el calendario fiscal que originalmente tenía vencimientos previstos para mediados de junio. Según explicó Daniela Veglia, representante del Consejo de Ciencias Económicas de Santa Fe, el nuevo plazo será el 27 de julio.</p><p>“Afortunadamente tenemos dos meses más porque estarían venciendo entre el 11 y el 13 de junio”, señaló la profesional, al analizar el impacto de la decisión.</p>Una prórroga esperada por los profesionales<p>Veglia sostuvo que la extensión del plazo era una medida esperada por los contadores, especialmente por las dificultades que surgieron con la implementación de la nueva declaración jurada simplificada.</p><p>“Era una prórroga esperada, pedida, porque este año tenemos la novedad de la declaración jurada simplificada, que tenía algunos errores”, afirmó.</p><p>La especialista explicó que el nuevo esquema incorpora información precargada, pero advirtió que no siempre toma los datos desde las fuentes que los profesionales consideran más adecuadas.</p><p>“En cuanto al aplicativo en sí, traía los ingresos y los gastos. Es una declaración precargada y los traía de mis comprobantes, no del libro de IVA, que era lo que los contadores hubiéramos querido”, detalló.</p>Errores técnicos y dudas sobre la información cargada<p>Desde el Consejo de Ciencias Económicas también señalaron inconsistencias en la carga de algunos datos, lo que generó consultas entre contribuyentes y profesionales.</p><p>“Hay errores técnicos. Por ejemplo, hay empresas de transporte que no les toma computable el combustible, cuando en realidad es su actividad principal”, advirtió Veglia.</p><p>Además, planteó que existen dudas sobre la interpretación de ciertos conceptos dentro del sistema, como la forma en que deben considerarse los ingresos. “¿Qué se entiende por ingresos? ¿Es con IVA o sin IVA? Los ingresos son brutos”, expresó.</p>Recomiendan revisar bancos, billeteras virtuales y patrimonio<p>Más allá del nuevo formato simplificado, la contadora remarcó que es fundamental realizar una revisión previa y completa de la información fiscal antes de presentar la declaración jurada.</p><p>“Es importante que se arme la declaración jurada como siempre en papel de trabajo, que el patrimonio se exteriorice al profesional y que se controlen los bancos y las billeteras virtuales”, sostuvo.</p><p>En ese sentido, explicó que ARCA cuenta con información provista por terceros, por lo que pueden aparecer inconsistencias si no se revisan movimientos bancarios, saldos, consumos o datos vinculados a billeteras digitales.</p><p>“Hemos tenido el año pasado sorpresas en este sentido, porque es información que ARCA puede obtener de terceros”, indicó.</p>Piden no dejar los trámites para último momento<p>La representante del Consejo recomendó a los contribuyentes no esperar hasta los últimos días del nuevo vencimiento y acudir a profesionales matriculados para evitar errores en la carga o presentación de datos.</p><p>“Que acudan a un profesional, que estén matriculados, porque le da tranquilidad al contribuyente y al profesional”, concluyó Veglia.</p><p>La prórroga otorga un margen adicional para ordenar la información, revisar inconsistencias y adaptar las presentaciones al nuevo sistema, en un año marcado por cambios en la forma de declarar Ganancias y Bienes Personales.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2026/05/contadores_alertan_por_cambios_en_ganancias_y_bienes_personales_tras_la_prorroga.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La Agencia de Recaudación y Control Aduanero extendió hasta el 27 de julio el plazo para presentar y pagar declaraciones juradas del período fiscal 2025. Desde el Consejo de Ciencias Económicas de Santa Fe señalaron dificultades técnicas en el nuevo régimen simplificado.]]>
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                                                <category term="nacionales" label="NACIONALES" />
                                <updated>2026-05-28T15:09:48+00:00</updated>
                <published>2026-05-28T15:07:57+00:00</published>
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            Monotributo: ARCA actualizó los montos y topes de facturación para junio 2026
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                <![CDATA[RadioRafaela]]>
            </name>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2026/05/monotributo.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó la actualización de las escalas del monotributo para junio de 2026, con un incremento del 14,3% en línea con la inflación acumulada durante el último semestre.</p><p>&nbsp;</p><p>La modificación alcanza tanto a las cuotas mensuales como a los topes de facturación anual, por lo que los contribuyentes deberán revisar su situación fiscal para determinar si permanecen dentro del régimen simplificado o si deben pasar al Régimen General.</p><p>&nbsp;</p><p>La actualización impacta sobre los tres componentes que integran el pago mensual del monotributo: el componente impositivo, el aporte jubilatorio y la obra social.</p><p>&nbsp;</p>Los nuevos valores por categoría<p>&nbsp;</p><p>Con los cambios oficializados por ARCA, la categoría A pasará a pagar $42.386,74 mensuales, tanto para prestación de servicios como para venta de bienes. La categoría B abonará $48.250,78, mientras que la categoría C tendrá una cuota de $56.501,85 para servicios y $55.227,06 para bienes.</p><p>&nbsp;</p><p>En las categorías intermedias, la D pagará $72.414,10 en servicios y $70.661,26 en bienes; la E, $102.537,97 y $92.658,35, respectivamente; y la F, $129.045,32 para servicios y $111.198,27 para bienes.</p><p>&nbsp;</p><p>Para las escalas más altas, la categoría G abonará $197.108,23 en servicios y $135.918,34 en bienes. La H tendrá un valor mensual de $447.346,93 para servicios y $272.063,40 para bienes. En tanto, la I pagará $824.802,26 y $406.512,05; la J, $999.007,65 y $497.059,41; y la K, $1.381.687,90 para servicios y $600.879,51 para venta de bienes.</p><p>&nbsp;</p>Topes de facturación anual<p>Además de las cuotas, ARCA elevó los límites máximos de ingresos brutos permitidos para permanecer dentro del monotributo. La categoría A tendrá un tope anual de $10.277.988,13, mientras que la B llegará hasta $15.058.447,71.</p><p>&nbsp;</p><p>La categoría C tendrá un límite de $21.113.696,52; la D, de $26.212.853,42; la E, de $30.833.964,37; y la F, de $38.642.048,36. En tanto, la G podrá facturar hasta $46.211.109,37 y la H hasta $70.113.407,33.</p><p>&nbsp;</p><p>Para las categorías superiores, los nuevos topes quedaron fijados en $78.479.211,62 para la I, $89.872.640,30 para la J y $108.357.084,05 para la K. Quienes superen esos parámetros deberán inscribirse en el Régimen General y tributar como responsables inscriptos.</p><p>&nbsp;</p>Quiénes pueden seguir dentro del régimen&nbsp;<p>El monotributo está habilitado para personas que venden productos, prestadores de servicios profesionales o comerciales, locadores de bienes muebles e inmuebles, integrantes de cooperativas de trabajo, trabajadores independientes de emprendimientos productivos y sucesiones indivisas que continúan la actividad de una persona fallecida.</p><p>&nbsp;</p><p>En todos los casos, los contribuyentes no pueden superar el límite máximo de facturación anual de $108.357.084,05. Además, el régimen permite hasta tres actividades simultáneas o tres unidades de explotación.</p><p>&nbsp;</p><p>Quedan excluidas del sistema simplificado las personas que superen el límite de la categoría K, quienes hayan importado bienes o servicios para su comercialización durante los últimos 12 meses, los contribuyentes con más de tres actividades o unidades de explotación, los comerciantes cuyos productos superen un precio unitario de $536.767,47 y quienes integren sociedades anónimas, SRL o sociedades colectivas.</p><p>&nbsp;</p>Qué pasa si no se paga&nbsp;<p>ARCA recordó que la falta de pago del monotributo genera intereses y puede derivar en sanciones administrativas. Además, el sistema registra automáticamente las deudas, lo que puede impedir trámites como la recategorización o el acceso a planes de pago mientras existan cuotas impagas.</p><p>&nbsp;</p><p>La sanción más grave es la exclusión automática del monotributo cuando se acumulan diez cuotas consecutivas sin pagar. En ese caso, el contribuyente queda dado de baja y no puede regresar al régimen durante dos años. Durante ese período deberá tributar en el Régimen General como responsable inscripto en IVA y Ganancias.</p><p>&nbsp;</p><p>Los monotributistas con deuda pueden regularizar su situación desde el portal oficial de ARCA, ingresando con CUIT y Clave Fiscal al servicio “CCMA – Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos”, donde se visualizan los períodos adeudados y se puede generar un Volante Electrónico de Pago. También sigue vigente la posibilidad de adherirse a planes de financiación mediante el sistema “Mis Facilidades”.</p><p>&nbsp;</p><p>Los valores definidos para junio permanecerán vigentes hasta julio de 2026, cuando se aplicará una nueva actualización basada en la inflación acumulada durante el primer semestre del año.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2026/05/monotributo.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El organismo aplicó una suba del 14,3% en las escalas del régimen simplificado. Los nuevos valores impactan en las cuotas mensuales y en los límites de facturación anual de cada categoría.]]>
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                                <updated>2026-05-18T22:35:06+00:00</updated>
                <published>2026-05-18T22:16:20+00:00</published>
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            Causa en la AFA: Malaspina y Blanco pidieron ser sobreseídos y negaron responsabilidad
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        <link rel="alternate" href="https://radiorafaela.com.ar/deportes/causa-en-la-afa-malaspina-y-blanco-pidieron-ser-sobreseidos-y-negaron-responsabilidad-1" type="text/html" title="Causa en la AFA: Malaspina y Blanco pidieron ser sobreseídos y negaron responsabilidad" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2026/03/victor_blanco.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La investigación judicial que involucra a la Asociación del Fútbol Argentino sumó este lunes nuevas declaraciones. Los dirigentes Cristian Malaspina y Víctor Blanco solicitaron ser sobreseídos en la causa que investiga una presunta retención indebida de aportes impositivos y previsionales por más de $19.300 millones.</p><p>Ambos se presentaron ante el juez Diego Amarante, titular del Juzgado Nacional en lo Penal Económico, donde entregaron escritos de defensa pero optaron por no responder preguntas durante la indagatoria.</p><p>La defensa de Víctor Blanco</p><p>Blanco, expresidente de Racing Club y exsecretario general de la AFA, fue el primero en declarar. En el documento presentado ante la Justicia negó de forma categórica cualquier participación en las maniobras investigadas.</p><p>El dirigente sostuvo que nunca tuvo responsabilidades en la gestión tributaria o previsional de la entidad, y remarcó que su rol dentro de la AFA era principalmente institucional y protocolar.En su presentación también argumentó que muchas de las supuestas irregularidades habrían ocurrido después de diciembre de 2024, cuando dejó su cargo dentro de la estructura de la asociación.</p><p>Además, aseguró que no intervenía en el cálculo de impuestos, en la retención de aportes ni en la utilización de la clave fiscal utilizada para realizar los pagos al organismo recaudador.</p>Cristián Malaspina<p>El descargo de Cristian Malaspina</p><p>Posteriormente declaró Cristian Malaspina, presidente de Argentinos Juniors y actual secretario general de la AFA, quien también presentó un escrito para rechazar las acusaciones.</p><p>El dirigente explicó que, de acuerdo con el estatuto de la AFA, las decisiones relacionadas con la administración y el pago de impuestos no forman parte de las funciones del secretario general.</p><p>Malaspina recordó además que asumió el cargo el 3 de abril del año pasado, por lo que —según su defensa— no puede ser responsabilizado por períodos anteriores.</p><p>En ese sentido, afirmó que cualquier falta de pago vinculada a los períodos investigados correspondería a decisiones adoptadas antes de su llegada al cargo.</p><p>Cómo sigue la causa</p><p>La causa investiga la presunta falta de ingreso de retenciones impositivas y aportes de la seguridad social que deberían haber sido depositados ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero.</p><p>Según la denuncia, los montos retenidos pero no depositados entre marzo de 2024 y septiembre de 2025 ascienden a $19.353.546.843,85.</p><p>La ronda de indagatorias continuará esta semana: el miércoles a las 11 de la mañana deberá declarar el tesorero Pablo Toviggino, mientras que el jueves a partir de las 12hs está citado el presidente de la AFA, Claudio Tapia.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2026/03/victor_blanco.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>Los dirigentes declararon ante la Justicia en la investigación por una presunta retención indebida de aportes millonarios. Esta semana también deberán presentarse Claudio Tapia y Pablo Toviggino.]]>
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                                                <category term="deportes" label="DEPORTES" />
                                <updated>2026-03-18T16:15:38+00:00</updated>
                <published>2026-03-10T10:00:00+00:00</published>
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            ARCA prepara una denuncia penal contra la AFA por presuntas facturas apócrifas en obras de Ezeiza
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                <![CDATA[Radio Rafaela]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2026/03/el_presidente_de_la_afa_claudio_chiqui_tapia_en_uno_de_los_vestuarios_del_predio_de_ezeiza.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Asociación del Fútbol Argentino (AFA) quedó nuevamente bajo la lupa judicial. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) prepara una denuncia penal por la presunta utilización de facturas apócrifas vinculadas a supuestas obras realizadas en el predio de Ezeiza.</p><p>El eje de la investigación se centra en comprobantes millonarios emitidos por empresas sin empleados, sin bienes registrados y sin actividad económica compatible con los trabajos declarados.</p>Empresas sin capacidad operativa<p>Según trascendió, ARCA detectó firmas que facturaron millones por tareas en el complejo deportivo, pero que no registran estructura ni antecedentes que respalden esos servicios.</p><p>Entre los casos mencionados figura Meroka SRL, que facturó $7 millones por obras en Ezeiza, pese a declarar actividades dispares como fast food, bebidas o venta de cereales. Tampoco posee bienes registrados ni actividad económica acorde.</p><p>También aparece Maxstore SA, que emitió comprobantes por $23 millones por supuestos trabajos de pintura. La empresa no fue hallada en su domicilio fiscal y declaraba actividades vinculadas a la venta de electrodomésticos y equipos electrónicos.</p><p>Otro nombre bajo análisis es Central Hotel SRL, que facturó $9,6 millones por obras pese a tener como actividad declarada el rubro hotelero y gastronómico, sin empleados ni respaldo financiero compatible.</p>Pedido de información y negativa de la AFA<p>De acuerdo a lo informado, la denuncia se formalizaría luego de que la AFA se negara a entregar el listado del personal que habría ingresado al predio para ejecutar las obras.</p><p>Desde la entidad presidida por Claudio Tapia señalaron que parte de esos ingresos son de carácter “privado confidencial” y cuestionaron el alcance del requerimiento.</p>Otra causa en curso por $19.300 millones<p>La nueva presentación se sumaría a la causa ya abierta por presunta retención indebida de aportes y tributos nacionales entre marzo de 2024 y septiembre de 2025.</p><p>En ese expediente, el juez Diego Amarante citó a indagatoria a Tapia y al tesorero Pablo Toviggino, además de dictarles prohibición de salida del país.</p><p>Según ARCA, la AFA habría actuado como agente de retención sin depositar en plazo los montos correspondientes, por una cifra que supera los $19.300 millones, tras una ampliación de la denuncia inicial.</p>La postura de la AFA<p>En un comunicado oficial, la AFA negó “rotundamente” tener deudas fiscales exigibles y sostuvo que el pago de las obligaciones se realizó antes del vencimiento. Además, cuestionó que el organismo pretenda encuadrar la situación en un delito penal tributario.</p><p>ARCA, en cambio, entiende que la falta de depósito en tiempo oportuno configura el delito de omisión, ya que el deber jurídico surge de la calidad de agente de retención.</p><p>La presentación judicial se espera en los próximos días y podría ampliar el frente legal que enfrenta la conducción del fútbol argentino.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2026/03/el_presidente_de_la_afa_claudio_chiqui_tapia_en_uno_de_los_vestuarios_del_predio_de_ezeiza.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El organismo recaudador apunta a empresas que facturaron millones sin empleados ni capacidad operativa. La presentación se sumaría a la causa por retención indebida de aportes.]]>
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                                                <category term="deportes" label="DEPORTES" />
                                <updated>2026-03-18T16:15:38+00:00</updated>
                <published>2026-03-03T14:12:45+00:00</published>
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            Monotributo: qué hacer si ARCA te recategoriza o excluye por movimientos en billeteras virtuales
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                <![CDATA[RadioRafaela]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2026/02/monotributo_arca.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>Numerosos monotributistas comenzaron a recibir en su domicilio fiscal electrónico notificaciones de recategorización de oficio e incluso exclusión del Monotributo, a partir del entrecruzamiento de datos que realiza la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) con bancos y billeteras virtuales.</p><p>&nbsp;</p><p>El organismo detecta movimientos en plataformas como Mercado Pago, Personal Pay o Naranja, y si los montos superan los ingresos declarados, presume que se trata de ventas no facturadas.</p><p>&nbsp;</p><p>El problema, según advierten profesionales del sector, es que el sistema no discrimina entre ingresos por actividad comercial y transferencias por otros conceptos, como movimientos entre cuentas propias, préstamos o reintegros.</p><p>&nbsp;</p>Cómo funciona el sistema MOREO<p>&nbsp;</p><p>ARCA utiliza el sistema informático MOREO (Monotributo - Recategorización de Oficio) para consolidar los movimientos financieros asociados a un CUIT.</p><p>&nbsp;</p><p>El sistema:</p><p>&nbsp;</p>Suma los fondos ingresados en todas las billeteras vinculadas.Los cruza con las facturas emitidas en el mismo período.Detecta desvíos si los ingresos bancarios o digitales superan lo declarado.<p>&nbsp;</p><p>Si la diferencia es significativa, el organismo puede subir de categoría automáticamente o incluso disponer la exclusión del régimen simplificado.</p><p>&nbsp;</p>Qué hacer si la recategorización es correcta<p>&nbsp;</p><p>Si los depósitos detectados corresponden efectivamente a ventas no facturadas, el contribuyente debe aceptar la recategorización.</p><p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>En ese caso, simplemente pasará a pagar un importe mayor de monotributo, sin otras sanciones adicionales.</p><p>&nbsp;</p>Qué hacer si no se trata de ventas<p>&nbsp;</p><p>Si los fondos ingresados no son ingresos comerciales, el monotributista puede presentar un recurso dentro de los 15 días hábiles desde la notificación.</p><p>&nbsp;</p><p>El trámite se realiza mediante “Presentaciones Digitales” en el sitio web oficial.</p><p>&nbsp;</p><p>Es clave apelar cuando los movimientos correspondan a:</p><p>&nbsp;</p>Transferencias entre cuentas propias.Préstamos recibidos.Reintegros de compras.Dinero recaudado para regalos grupales o “vaquitas”.<p>&nbsp;</p><p>Para respaldar el descargo, se deben adjuntar resúmenes bancarios y comprobantes que acrediten el origen del dinero.</p><p>&nbsp;</p><p>Si no se presenta el recurso, el contribuyente queda excluido del Monotributo y pasa automáticamente al régimen general (IVA, Ganancias y Autónomos). Para reingresar al régimen simplificado deberá esperar tres años.</p><p>&nbsp;</p>Cómo iniciar el descargo<p>&nbsp;</p><p>El trámite puede realizarlo el propio contribuyente:</p><p>&nbsp;</p>Ingresar al portal del organismo.Acceder al micrositio del Monotributo.Revisar el aviso de recategorización.Hacer clic en “Presentar recurso”.Explicar la situación y adjuntar documentación respaldatoria.<p>&nbsp;</p><p>Si el entrecruzamiento de datos demuestra que los montos no constituyen ingresos gravados, el organismo deberá mantener la categoría original del monotributista.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2026/02/monotributo_arca.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El organismo cruza datos con bancos y plataformas digitales. Si los depósitos no son ventas, se puede apelar dentro de los 15 días hábiles.]]>
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                                                <category term="nacionales" label="NACIONALES" />
                                <updated>2026-03-18T16:15:38+00:00</updated>
                <published>2026-02-26T21:52:21+00:00</published>
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            Cuánto cobrarán las empleadas domésticas en marzo 2026
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://radiorafaela.com.ar/nacionales/cuanto-cobraran-las-empleadas-domesticas-en-marzo-2026" type="text/html" title="Cuánto cobrarán las empleadas domésticas en marzo 2026" />
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                <![CDATA[RadioRafaela]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2025/12/empleada_domestica.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El personal de casas particulares continúa en marzo de 2026 con los mismos salarios mínimos establecidos en la última actualización oficial. Hasta el momento no se concretó una nueva negociación paritaria, por lo que siguen vigentes los valores fijados por la Resolución 3/2025.</p><p>&nbsp;</p><p>Mientras se aguarda una reunión entre el gremio del sector y la Secretaría de Trabajo para definir nuevos ajustes, los montos de referencia para la liquidación de haberes no presentan cambios respecto de enero.</p><p>&nbsp;</p>Valores por hora<p>&nbsp;</p><p>Para la categoría “Tareas Generales”, que incluye limpieza, lavado, planchado, mantenimiento del hogar y otras actividades domésticas habituales, los salarios mínimos por hora son los siguientes:</p><p>&nbsp;</p>Con retiro: $3.250,10Sin retiro: $3.494,25<p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>Estos importes corresponden al salario básico mínimo, sin considerar adicionales como antigüedad, horas extra o zonas desfavorables cuando correspondan.</p><p>&nbsp;</p>Salarios mensuales<p>&nbsp;</p><p>En el caso de quienes trabajan bajo modalidad mensual, los valores de referencia para marzo de 2026 son:</p><p>&nbsp;</p>Con retiro: $398.722,14Sin retiro: $441.806,54<p>&nbsp;</p><p>Las cifras también representan el salario básico mínimo para jornada completa, sin adicionales.</p><p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p>Registro obligatorio en ARCA<p>&nbsp;</p><p>La formalización del vínculo laboral es obligatoria para todos los empleadores, independientemente de la cantidad de horas trabajadas o la modalidad de contratación. El registro se realiza ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), organismo que reemplazó a la AFIP.</p><p>&nbsp;</p><p>El trámite puede efectuarse de manera virtual ingresando con clave fiscal en el sitio web oficial. Allí se deben cargar los datos del trabajador, indicar domicilio laboral, tipo de tarea, modalidad de contratación, cantidad de horas semanales, remuneración y fecha de ingreso.</p><p>&nbsp;</p><p>Antes de confirmar el alta, el sistema permite verificar y modificar los datos ingresados. La registración es requisito para el acceso a cobertura de salud, aportes jubilatorios y demás derechos laborales.</p><p>&nbsp;</p>A la espera de la paritaria&nbsp;<p>El sector permanece a la espera de una nueva negociación salarial que actualice los valores en función de la evolución de la inflación. Hasta que se alcance un nuevo acuerdo, los montos mencionados continúan siendo la referencia oficial para la liquidación de haberes en marzo.</p>]]>
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                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2025/12/empleada_domestica.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El personal de casas particulares mantiene los mismos valores que en enero, a la espera de una nueva negociación paritaria.]]>
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                                <updated>2026-03-18T16:15:38+00:00</updated>
                <published>2026-02-23T19:55:12+00:00</published>
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            Inocencia fiscal: los intereses de depósitos en dólares quedan exentos de la retención de Ganancias
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2025/10/dinero_plata_dolar_dolares_dolar_dolares_moneda_estados_unidos.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>&nbsp;La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispuso este martes que los intereses generados por los depósitos en dólares quedarán exentos de la retención del Impuesto a las Ganancias, mediante la Resolución General 5822/2026 publicada en el Boletín Oficial.</p><p>La medida se da en el marco de la Ley de Inocencia Fiscal, permitiendo que “quienes ingresen sus fondos al sistema financiero no tendrán retenciones sobre los intereses generados por esos depósitos”.</p><p>En este sentido, desde ARCA argumentaron que “la medida forma parte del proceso de adecuación normativa y simplificación tributaria, con el objetivo de fomentar la incorporación de fondos al sistema financiero formal”.</p><p>La decisión representa una modificación de la Resolución General N° 830, que regula las retenciones del impuesto sobre diversas rentas, al incorporar una nueva excepción en el listado de rentas sujetas a retención.</p><p>A partir de ahora, no se aplicarán quitas en concepto de Ganancias a los pagos originados por depósitos en moneda extranjera, realizados por personas humanas y sucesiones indivisas en las entidades financieras comprendidas en la Ley Nº21.526 (bancos y cajas de ahorro).</p><p>Esta simplificación implica que los ahorristas recibirán el monto íntegro de sus intereses o ajustes sin que el banco deba actuar como agente de retención, eliminando un costo administrativo y financiero que pesaba sobre la rentabilidad de estos depósitos.</p><p>En el texto oficial, el organismo explicó que “la efectividad del régimen de inocencia fiscal requiere un marco reglamentario que permita la incorporación de activos al circuito formal de la economía, como instrumento idóneo para asegurar su identificación, trazabilidad y verificación”.__IP__</p><p>La resolución entra en vigencia desde el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial, por lo que las entidades financieras deberán adecuar sus sistemas de manera inmediata para dejar de aplicar las retenciones sobre estos conceptos a sus clientes individuales.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2025/10/dinero_plata_dolar_dolares_dolar_dolares_moneda_estados_unidos.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>ARCA implementó una nueva medida para incentivar el ingreso de dólares al sistema financiero formal.]]>
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                                                <category term="nacionales" label="NACIONALES" />
                                <updated>2026-03-18T16:15:38+00:00</updated>
                <published>2026-02-10T17:40:15+00:00</published>
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            Último día para recategorizar el Monotributo: ¿qué riesgos existen si no se realiza el trámite?
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2025/08/monotributo_arca.png" class="type:primaryImage" /></figure><p>Este jueves 5 de febrero vence el plazo para que los monotributistas completen la recategorización obligatoria, un trámite clave para mantener la situación fiscal en regla y evitar sanciones por parte del fisco.</p><p>&nbsp;</p><p>La recategorización no es automática y exige analizar la evolución económica del contribuyente durante los últimos doce meses, comprendidos entre enero y diciembre de 2025. En función de esos datos, se debe verificar si la categoría actual continúa siendo la correcta o si corresponde un cambio.</p><p>&nbsp;</p><p>Desde ARCA advirtieron que no realizar el trámite en tiempo y forma, o cometer errores en la carga de información, puede generar multas, ajustes retroactivos con intereses e incluso la exclusión del Monotributo. Esta última situación implica el pase automático al Régimen General, con mayores obligaciones impositivas y administrativas.</p><p>&nbsp;</p><p>Además del nivel de facturación, el régimen contempla otros parámetros que deben cumplirse de manera simultánea. Entre ellos se encuentran el consumo anual de energía eléctrica, que va desde 3.330 kW para la categoría A hasta 20.000 kW en las más altas; los alquileres devengados por el inmueble afectado a la actividad, con un tope máximo anual de $7.170.689,39; y la superficie utilizada, que no puede superar los 200 metros cuadrados.</p><p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>En el caso de la venta de bienes, también se establece un precio máximo unitario permitido, fijado en $613.492,31. Superar ese valor, incluso en una sola operación, constituye causal directa de exclusión del régimen.</p><p>&nbsp;</p><p>Para 2026, los topes de facturación anual fueron actualizados. La categoría A permite ingresos de hasta $10.277.988,13, mientras que el límite máximo del Monotributo, correspondiente a la categoría K, asciende a $108.357.084,05. Superar ese monto implica el pase obligatorio al Régimen General como Responsable Inscripto.</p><p>&nbsp;</p><p>El trámite de recategorización se realiza de manera online a través del sitio oficial de ARCA, ingresando con CUIT y Clave Fiscal, seleccionando la opción “Monotributo” y luego “Recategorización”. El sistema muestra la facturación electrónica registrada, aunque se recomienda revisar cuidadosamente todos los parámetros antes de confirmar.</p><p>&nbsp;</p><p>Una vez finalizado el proceso, se emite el Formulario 184 y la nueva credencial de pago, que rige con valores actualizados a partir de febrero. Cumplir con este paso permite evitar sanciones y mantener una situación fiscal ordenada.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2025/08/monotributo_arca.png" class="type:primaryImage" /></figure>El plazo vence este jueves 5 de febrero. No cumplir o hacerlo con errores puede derivar en multas, ajustes retroactivos o la exclusión del Régimen Simplificado.]]>
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                <published>2026-02-05T17:56:04+00:00</published>
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            Denunciaron una masiva filtración de datos personales vinculados a Anses y Arca: qué respondió el Gobierno
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2025/12/filtracion_masiva_de_datos.jfif" class="type:primaryImage" /></figure><p>Una grave denuncia por filtración masiva de datos personales generó preocupación en las últimas horas. Especialistas en ciberseguridad advirtieron que información sensible de millones de argentinos, vinculada a organismos como Anses, Arca, la Dirección Nacional de los Registros de la Propiedad Automotor y empresas de telefonía celular, habría sido expuesta en la Dark Web, en lo que califican como el mayor episodio de este tipo en la historia del país.</p><p>&nbsp;</p><p>La alerta fue difundida por el sitio especializado Daily Dark Web, que indicó que los datos provendrían de bases pertenecientes a la empresa Work Management, anteriormente conocida como SudamericaData, firma que habría prestado servicios a fuerzas policiales y que, según denuncias previas, continuó operando aun después de su cierre formal en 2023.</p><p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>El programador y administrador de sistemas Javier Smaldone explicó que la información filtrada incluiría correos electrónicos, números de teléfono, salarios, empleadores, datos previsionales, registros de vehículos y beneficiarios de subsidios estatales. En ese sentido, remarcó que el hecho reviste una gravedad adicional porque “estos datos ya estaban en manos de privados, sin ningún tipo de control”, más allá de la filtración en sí.</p><p>&nbsp;</p><p>En la misma línea, el periodista y especialista en tecnología Maximiliano Firtman sostuvo que se trataría de una filtración de aproximadamente 1.000 gigabytes de información, con datos actualizados hasta fines de noviembre, lo que refuerza la magnitud del episodio.</p><p>&nbsp;</p>La postura oficial<p>&nbsp;</p><p>Ante la repercusión del caso, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Arca) emitió un comunicado en el que aseguró que sus sistemas no fueron vulnerados. Según el organismo, no se detectaron accesos no autorizados ni compromisos en las bases de datos de contribuyentes, y aclararon que la información mencionada en los reportes “no corresponde a datos confidenciales ni protegidos por el secreto fiscal”.</p><p>&nbsp;</p><p>Desde el Gobierno nacional, en tanto, indicaron que no hubo ataques a los sistemas de los organismos públicos y que la infraestructura tecnológica estatal se encuentra protegida. No obstante, la denuncia reavivó el debate sobre el uso y la circulación de datos personales por parte de empresas privadas que acceden a información pública y semipública.</p><p>&nbsp;</p><p>El caso quedó bajo análisis y podría derivar en investigaciones judiciales para determinar el origen de los datos, las responsabilidades involucradas y el alcance real de la exposición denunciada.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2025/12/filtracion_masiva_de_datos.jfif" class="type:primaryImage" /></figure>Especialistas alertaron sobre la exposición de información sensible de millones de argentinos, que incluiría teléfonos, correos electrónicos, salarios y vínculos laborales. Desde el Ejecutivo negaron una vulneración de los sistemas oficiales.]]>
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                                <updated>2026-03-18T16:15:38+00:00</updated>
                <published>2025-12-20T13:18:37+00:00</published>
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