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    <title>RadioRafaela</title>
    <subtitle>Últimas noticias de rafaela Argentina</subtitle>
    <updated>2026-10-19T21:19:42+00:00</updated>
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            Reforma laboral: desde noviembre comienza a funcionar el FAL y un abogado explicó qué cambia para las empresas
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/PzrvLvqDHQlHAReWzSwO4CgiWEQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2026/10/dr_eladio_oronel_de_pedrotti_abogados_ley_de_modernizacion_laboral_que_es_el_fal_fondo_de_asistencia_laboral_1.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Ley de Modernización Laboral N° 27.802 incorporó una nueva herramienta que comenzará a aplicarse en Argentina a partir del 1° de noviembre de 2026: el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un sistema que permitirá a los empleadores acumular recursos destinados a contribuir al pago de eventuales indemnizaciones laborales.</p><p>En diálogo con Radio Rafaela, el Dr. Eladio Oronel, integrante de Pedrotti Abogados, brindó detalles sobre el funcionamiento de este mecanismo, sus diferencias con otros regímenes laborales y las obligaciones que deberán tener en cuenta las empresas.</p><p>“El FAL es una cuenta de reserva que tienen los empleadores para atender futuras indemnizaciones. Es importante aclarar que no reemplaza el régimen indemnizatorio vigente”, explicó.</p><p>&nbsp;</p>¿Qué es el FAL y para qué sirve?<p>Oronel señaló que una de las principales confusiones alrededor de esta herramienta es asociarla con el fondo de cese laboral, utilizado en la industria de la construcción.</p><p>Sin embargo, remarcó que se trata de dos mecanismos diferentes.</p><p>“No estamos hablando de un fondo de cese laboral. El FAL es una cuenta de reserva que permite al empleador contar con recursos para financiar parte o la totalidad de una indemnización futura”, sostuvo.</p><p>El fondo se constituirá mediante cuentas individuales de los empleadores, administradas a través de vehículos de inversión autorizados por la Comisión Nacional de Valores (CNV).</p><p>Los recursos serán administrados e invertidos bajo las condiciones establecidas por la normativa, con la posibilidad de generar rendimientos.</p><p>En caso de que se produzca una extinción laboral comprendida en el régimen, el empleador podrá utilizar los fondos disponibles para afrontar el pago correspondiente, una vez cumplidos los requisitos legales.</p><p>&nbsp;</p>Las indemnizaciones no desaparecen ni cambian por la creación del FAL<p>El abogado hizo especial hincapié en que el nuevo sistema no elimina las indemnizaciones ni modifica por sí mismo su cálculo.</p><p>“Las indemnizaciones siguen siendo las mismas. La indemnización por antigüedad, por muerte o por incapacidad se calcula de la misma manera. Esto no modifica nada de eso”, aseguró.</p><p>En ese sentido, explicó que la finalidad del FAL es brindar una herramienta de financiación al empleador, sin sustituir las obligaciones que establece la legislación laboral.</p><p>La normativa también dispone que, si el dinero acumulado resulta insuficiente, el empleador continúa siendo responsable del pago íntegro de la indemnización.</p><p>Además, establece condiciones para utilizar estos recursos, entre ellas que la relación laboral haya estado registrada durante al menos 12 meses antes de su extinción y que el fondo haya recibido contribuciones correspondientes a un mínimo de seis períodos mensuales.</p><p>&nbsp;</p>¿Qué empleadores deben incorporarse al FAL?<p>Oronel explicó que el sistema alcanzará a una amplia variedad de actividades económicas del sector privado.</p><p>Entre los empleadores comprendidos mencionó industrias, comercios, productores agropecuarios, tambos y otras empresas con trabajadores registrados.</p><p>“Es más fácil decir quiénes no están incluidos, porque la mayoría de los empleadores privados con trabajadores registrados van a estar alcanzados por este régimen”, manifestó.</p><p>Quedan excluidas las relaciones laborales correspondientes a:</p>La industria de la construcción, que cuenta con su propio régimen.El personal de casas particulares, regulado por una legislación específica.El sector público, en sus diferentes niveles de gobierno.<p>Para los restantes empleadores privados comprendidos, la contribución al FAL será obligatoria, de acuerdo con las condiciones establecidas por la ley.</p><p>&nbsp;</p>El certificado MiPyME será clave: aportes del 2,5% y del 1%<p>Uno de los aspectos más importantes que destacó el especialista es la diferencia entre los porcentajes que deberán destinarse al fondo.</p><p>La normativa establece dos alícuotas, calculadas sobre las remuneraciones que sirven de base para las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA):</p>2,5% para micro, pequeñas y medianas empresas, con certificado MiPyME vigente y caracterización correspondiente. También alcanza a determinadas entidades sin fines de lucro.1% para las grandes empresas y el resto de los empleadores privados alcanzados que no reúnan las condiciones para aplicar la alícuota del 2,5%.<p>Oronel remarcó que el certificado MiPyME tendrá especial importancia para determinar el porcentaje correspondiente.</p><p>“Aquellas empresas que tengan el certificado MiPyME van a destinar el 2,5%, mientras que las grandes empresas o aquellas que no cuenten con esa certificación vigente quedarán comprendidas en el 1%”, explicó.</p><p>Por este motivo, recomendó a los empleadores revisar su situación registral antes de la puesta en marcha del sistema.</p><p>&nbsp;</p>¿Representa un nuevo costo laboral?<p>El integrante de Pedrotti Abogados explicó que el FAL no implica, como regla general, sumar una nueva carga por encima de las contribuciones que las empresas ya realizan.</p><p>“No es un nuevo costo laboral para el empleador. Es un redireccionamiento de contribuciones patronales que ya viene haciendo hacia una cuenta especial”, señaló.</p><p>Este mecanismo se instrumentará mediante una reducción equivalente de determinadas contribuciones patronales destinadas a la seguridad social, que pasarán a financiar el fondo.</p><p>La legislación contempla excepciones para relaciones laborales alcanzadas por regímenes específicos de beneficios, como el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral, por lo que cada empleador deberá revisar su situación particular.</p><p>&nbsp;</p>Qué deben hacer las empresas antes del 1° de noviembre<p>El abogado advirtió que la implementación del FAL requerirá prestar atención a los procedimientos administrativos.</p><p>Los empleadores deberán contar con una cuenta individual en una entidad habilitada y validar su identificación, denominada ID FAL, mediante el servicio Simplificación Registral de ARCA.</p><p>Si no informan un identificador válido, la CNV podrá disponer la asignación de oficio de una entidad administradora, según el procedimiento reglamentado.</p><p>“Esto va a empezar a funcionar el primero de noviembre. Es importante que los empleadores lo tengan en consideración y se sienten con sus abogados y contadores para atender esta cuestión”, recomendó Oronel.</p><p>La contribución mensual será calculada automáticamente por el sistema de declaración de cargas sociales, de acuerdo con la caracterización de cada empleador.</p><p>El especialista también señaló que algunas entidades financieras ya comenzaron a ofrecer servicios para administrar estas cuentas, con distintas condiciones comerciales.</p><p>Con la entrada en vigencia del Fondo de Asistencia Laboral, empresas y empleadores deberán adecuarse a un mecanismo que busca facilitar la financiación de futuras obligaciones indemnizatorias, sin eliminar ni reemplazar los derechos indemnizatorios establecidos por la legislación laboral.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/PzrvLvqDHQlHAReWzSwO4CgiWEQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2026/10/dr_eladio_oronel_de_pedrotti_abogados_ley_de_modernizacion_laboral_que_es_el_fal_fondo_de_asistencia_laboral_1.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El Fondo de Asistencia Laboral entrará en vigencia el 1° de noviembre y permitirá a los empleadores constituir una reserva para afrontar futuras indemnizaciones. El Dr. Eladio Oronel, de Pedrotti Abogados, explicó cómo funciona, qué empresas están alcanzadas y por qué es importante contar con el certificado MiPyME actualizado.]]>
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                                <updated>2026-10-19T21:19:42+00:00</updated>
                <published>2026-10-19T21:03:35+00:00</published>
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