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    <title>RadioRafaela</title>
    <subtitle>Últimas noticias de rafaela Argentina</subtitle>
    <updated>2026-03-18T16:15:38+00:00</updated>
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            Se prohibió una miel orgánica que se vendía sin autorización, ¿cuál es la marca damnificada?
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/aaR04nuTq-ULkc1cdKQhJFrCUwo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2025/02/miel.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización de un producto que se presentaba como “miel orgánica certificada”. Según la investigación, el alimento carecía de los registros obligatorios para garantizar su seguridad y trazabilidad, por lo que fue declarado ilegal en todo el país.</p>El caso que encendió la alerta<p>La medida fue publicada este jueves en el Boletín Oficial mediante la disposición 6228/2025 de la ANMAT. El producto cuestionado se presentaba con el rótulo: “Miel orgánica certificada marca Los Meleros; Origen: Miel del Monte; Matrícula N°32.143; Sala: Sef-h-0482; Renapa N° H-54.512; Presidente: Aranda, José Luis, El Sauzalito – Chaco”.</p><p>El caso se inició a partir de una consulta elevada por la Cámara Argentina de Fraccionadores de Miel (CAFRAM) ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL). La cámara advirtió irregularidades en la información del etiquetado y pidió que se verificara la veracidad de los datos.</p><p>&nbsp;</p>Miel orgánica certificada marca Los Meleros; Origen: Miel del Monte<p>&nbsp;</p><p>El Departamento de Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del INAL fue el encargado de realizar las comprobaciones. A través del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SiFeGA), se consultó a la Dirección de Bromatología de la provincia de Chaco.</p><p>La respuesta fue contundente: el producto no tenía ni Registro Nacional de Establecimiento (RNE) ni Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA).</p><p>Además, al revisar la base de datos del Registro Nacional de Productos Apícolas (RENAPA), no se encontró un productor inscripto con el número que figuraba en la etiqueta.</p><p>&nbsp;</p>Las autoridades no pueden asegurar su origen<p>&nbsp;</p>Un producto sin trazabilidad ni controles<p>La falta de registros significó que la miel no pudiera garantizar condiciones básicas de seguridad alimentaria. Sin estos trámites, las autoridades no pueden asegurar su origen, trazabilidad ni los controles de calidad que exige la normativa vigente.</p><p>Según explicó el INAL, esto implica una infracción a varias normativas: el artículo 3° de la Ley 18.284, el Decreto 2126/71 y los artículos 13 y 155 del Código Alimentario Argentino. En todos los casos, se trata de requisitos básicos para que un producto pueda comercializarse en el país.</p><p>El informe oficial señala que, al no poder identificarse de forma clara y fehaciente el establecimiento donde se elaboró o fraccionó, el producto debe considerarse ilegal. Por esa razón, se dispuso su prohibición en todo el territorio nacional y también en plataformas de venta online, donde ya había comenzado a circular.</p><p>El organismo destacó que este tipo de situaciones representan un riesgo para la salud pública. La ausencia de registros impide conocer si el proceso de producción cumplió con normas de higiene, seguridad y calidad.</p>La resolución de la ANMAT<p>La disposición publicada en el Boletín Oficial deja en claro que la “miel orgánica certificada Los Meleros” no podrá producirse ni venderse bajo ninguna presentación, lote ni fecha de vencimiento. Esto significa que la prohibición es absoluta y se extiende a cualquier modalidad de comercialización en la Argentina.</p><p>“Al carecer de registro, no puede garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad”, detalló el texto oficial.</p><p>La ANMAT actuó en el marco de sus facultades de control y fiscalización, respaldada por el Decreto 1490/92. El organismo, junto con el INAL, remarcó que la responsabilidad sanitaria es proteger a la población de productos que puedan poner en riesgo la salud.</p><p>La disposición fue firmada por la administradora nacional de la ANMAT, Nélida Agustina Bisio, y ordena comunicar la medida a todas las autoridades sanitarias provinciales, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a las áreas de fiscalización correspondientes.</p>Qué deben saber los consumidores<p>La prohibición de este producto funciona como recordatorio de la importancia de verificar los registros en los alimentos que se compran. Tanto el RNE como el RNPA deben estar visibles en los envases. Estos códigos son la garantía de que el alimento fue producido en un establecimiento habilitado y que su comercialización cumple con la normativa nacional.</p><p>Cuando un producto no cuenta con esta información, los consumidores pueden estar frente a un alimento clandestino, sin controles de calidad y con riesgo para la salud.</p><p>El caso de la miel “Los Meleros” se suma a otras disposiciones similares que la ANMAT emite regularmente para retirar del mercado productos que no cumplen con los requisitos legales.</p><p>&nbsp;</p><p>El Litoral</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/aaR04nuTq-ULkc1cdKQhJFrCUwo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2025/02/miel.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El organismo detectó que el producto no contaba con los registros obligatorios. Significó que la miel no pudiera garantizar condiciones básicas de seguridad alimentaria.]]>
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                                <category term="interes-general" label="INTERES GENERAL" />
                <updated>2026-03-18T16:15:38+00:00</updated>
                <published>2025-09-04T14:42:03+00:00</published>
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            Más productos alimenticios prohibidos: no se pueden comercializar por irregularidades sanitarias
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/PL1yL1lgoLcSY93GDmbrG47T3gk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2025/01/los_registros_sanitarios_que_figuran_en_las_etiquetas_de_estos_productos_son_inexistentes.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>En un esfuerzo por resguardar la salud de los consumidores, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso a través de las Disposiciones: 344/2025, 346/2025 y 348/2025 publicadas en el Boletín Oficial la prohibición de la comercialización y producción de tres productos alimenticios que incumplen la normativa vigente.</p><p>La decisión, basada en irregularidades detectadas en sus registros y etiquetado, abarca un suplemento dietario, un aceite de oliva y un azúcar común.</p>Irregularidades<p>Los productos involucrados incluyen el suplemento dietario Bisglicinato de magnesio (marca Farma Vital), el aceite de oliva extra virgen (marca Valle de Uco) y el azúcar común tipo A (marca Alex).</p><p>Según las disposiciones oficiales, los registros sanitarios que figuran en las etiquetas de estos productos son inexistentes o corresponden a otros artículos ya dados de baja, lo que los clasifica como productos ilegales.</p>Aaceite de oliva extra virgen, marca Valle de Uco<p>Por ejemplo, el Bisglicinato de magnesio presentó números de Registro Nacional de Establecimiento (RNE) y de Producto Alimenticio (RNPA) inexistentes. Además, se detectó que el producto era publicitado en plataformas en línea, lo que motivó a la ANMAT a reforzar las medidas de control sobre su comercialización​</p><p>En el caso del aceite de oliva, además de falsos registros, el etiquetado incluía la leyenda “Sin TACC” sin contar con la habilitación correspondiente. Esto representa un grave riesgo para la población celíaca, ya que no se puede garantizar la ausencia de gluten en su composición​</p><p>Por último, el azúcar común tipo A, rotulado como fraccionado en la provincia de Tucumán, exhibía registros asociados a otro producto no vigente. También se comprobó que la empresa responsable, “Azúcares del Oeste SRL”, no existe en la base de datos oficial​</p>Azúcar común tipo A, marca AlexMedidas para proteger la salud pública<p>La ANMAT, a través de su Instituto Nacional de Alimentos (INAL), recomendó prohibir no solo los productos específicos, sino también cualquier otro artículo que utilice los mismos registros fraudulentos. Esto implica la suspensión de su elaboración, fraccionamiento y venta en todo el territorio nacional, incluidas las plataformas digitales.</p><p>Además, las autoridades intensificaron la fiscalización para detectar otros posibles productos ilegales en el mercado, enfatizando la importancia de verificar que los alimentos cuenten con registros válidos y rótulos claros.</p>Bisglicinato de magnesio, marca Farma VitalRecomendaciones para los consumidores<p>La Anmat insta a los consumidores a revisar detenidamente el etiquetado de los productos alimenticios y a reportar cualquier irregularidad a las autoridades. Asimismo, recuerda que los números de registro RNE y RNPA son fundamentales para garantizar la calidad y seguridad de los alimentos.</p><p>Estas medidas forman parte de un compromiso continuo por proteger a la población y asegurar que los productos en circulación cumplan con los más altos estándares sanitarios.</p><p>Fuente: El Litoral</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/PL1yL1lgoLcSY93GDmbrG47T3gk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2025/01/los_registros_sanitarios_que_figuran_en_las_etiquetas_de_estos_productos_son_inexistentes.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La Anmat suspendió la comercialización de suplementos, aceite de oliva y azúcar debido a irregularidades en su registro y etiquetado. La medida busca proteger la salud pública y garantizar la trazabilidad de los alimentos.]]>
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                <updated>2025-01-20T18:57:47+00:00</updated>
                <published>2025-01-20T18:53:53+00:00</published>
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            Rafaela se suma a una tendencia mundial: entérate de qué se trata
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/f3ob9nUnqxSn3M-YLVelJ8LK1uk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/galeria/fotos/2022/09/16/l_1663324704.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La medida fue aprobada en el Concejo Municipal esta semana. </p><p>El concejal Lisandro Mársico presentó un proyecto en el Concejo Municipal de Rafaela (Depto. Castellanos) por el que solicita eliminar en forma progresiva el reparto de sorbetes plásticos para ser reemplazados por biodegradables o reutilizables.</p><p>La iniciativa tuvo ingreso el 19 de mayo pasado, pero sufrió algunas modificaciones. La ordenanza promueve que los comercios, bares y restaurantes, que utilizan y/o expenden sorbetes plásticos de cualquier material que no sean biodegradables deberán proceder a su progresiva eliminación, con excepción de aquellos productos que están empacados con el sorbete adherido, como envases tetra-brick de jugos o leche.</p><p>También, se prohíbe de manera progresiva a los comercios bares y restaurantes la utilización, entrega y/o venta de platos y cubiertos de plásticos y poliestireno (Telgopor) de un solo uso.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/f3ob9nUnqxSn3M-YLVelJ8LK1uk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/galeria/fotos/2022/09/16/l_1663324704.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La medida fue aprobada en el Concejo Municipal esta semana. El concejal Lisandro Mársico presentó un proyecto en el Concejo Municipal de Rafaela (Dep...]]>
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                <updated>2022-09-16T10:34:24+00:00</updated>
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