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    <title>RadioRafaela</title>
    <subtitle>Últimas noticias de rafaela Argentina</subtitle>
    <updated>2026-04-09T12:40:56+00:00</updated>
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            Pensión por fallecimiento en ANSES: quiénes pueden acceder, requisitos y cómo iniciar el trámite
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                <![CDATA[Radio Rafaela]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/SsrflBBK1S95xot54jPaNxAzt4Q=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2026/04/los_beneficiarios_deben_esperar_al_menos_diez_dias_habiles_desde_el_fallecimiento_del_titular_para_iniciar_la_solicitud_de_la_pension_derivada_ante_la_anses.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) cuenta con la denominada Pensión Derivada por Fallecimiento, una prestación mensual destinada a garantizar ingresos a los familiares directos de una persona jubilada que haya fallecido.</p><p>Este beneficio busca sostener el ingreso del hogar en un momento de alta vulnerabilidad, aunque su acceso está sujeto a condiciones específicas vinculadas al parentesco y la convivencia con el titular.</p><p>&nbsp;</p>Quiénes pueden acceder<p>La normativa establece que no todos los familiares tienen derecho al beneficio, sino únicamente aquellos que acrediten vínculo directo o dependencia económica.</p><p>En primer lugar, pueden acceder el cónyuge o esposa/o del jubilado fallecido, siempre que presenten una partida de matrimonio actualizada que certifique la vigencia del vínculo.</p><p>También pueden solicitarla los convivientes previsionales, quienes deberán demostrar una convivencia pública durante al menos cinco años previos al fallecimiento, o dos años en caso de tener hijos en común.</p><p>Por su parte, los hijos pueden ser beneficiarios si son solteros y menores de 18 años. No existe límite de edad para aquellos hijos con discapacidad que dependían económicamente del titular.</p><p>&nbsp;</p>Cómo iniciar el trámite<p>El proceso puede iniciarse una vez transcurridos 10 días hábiles desde el fallecimiento, tiempo necesario para la actualización de datos en los sistemas oficiales.</p><p>Si el deceso ocurrió dentro de los últimos seis meses, el trámite puede realizarse de manera online a través de la plataforma Mi ANSES. En cambio, si pasó más tiempo o se trata de casos complejos, se debe gestionar de forma presencial con turno previo.</p><p>En ambos casos, es necesario presentar DNI y documentación que acredite el vínculo, como partidas de nacimiento, matrimonio o pruebas de convivencia.</p><p>&nbsp;</p>Formularios y documentación<p>Para completar la solicitud, se exige la presentación de distintos formularios, entre ellos el PS 6.9, que funciona como declaración jurada sobre la percepción de otros beneficios.</p><p>También pueden requerirse otros documentos, como cartas poder o declaraciones vinculadas a prestaciones en el exterior, dependiendo de cada situación particular.</p><p>&nbsp;</p>Cómo se calcula el monto<p>El valor de la pensión se determina en base a un porcentaje del haber que percibía el jubilado fallecido.</p><p>Si existe un único beneficiario (cónyuge o conviviente), corresponde el 70% del haber. En cambio, si hay hijos con derecho, el monto se distribuye: el adulto percibe el 50% y cada hijo el 20%, sin superar el total del ingreso original.</p><p>Además, el sistema contempla el “acrecimiento”: cuando un hijo deja de cobrar el beneficio, su porcentaje se redistribuye entre los restantes beneficiarios.</p><p>&nbsp;</p>Un respaldo clave<p>La pensión por fallecimiento constituye una herramienta central del sistema previsional argentino, orientada a garantizar la continuidad económica de los hogares ante la pérdida de un sostén principal.</p><p>A su vez, los familiares pueden acceder a un subsidio adicional para gastos de sepelio, que debe solicitarse dentro del primer año.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/SsrflBBK1S95xot54jPaNxAzt4Q=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2026/04/los_beneficiarios_deben_esperar_al_menos_diez_dias_habiles_desde_el_fallecimiento_del_titular_para_iniciar_la_solicitud_de_la_pension_derivada_ante_la_anses.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El beneficio está destinado a familiares directos de jubilados fallecidos. Se puede gestionar de forma online o presencial, según cada caso.]]>
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                                <category term="nacionales" label="NACIONALES" />
                <updated>2026-04-09T12:40:56+00:00</updated>
                <published>2026-04-09T12:38:42+00:00</published>
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            ¿Quiénes pueden acceder a la pensión por fallecimiento?: todo lo que tenés que saber
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/hrZY41HkBTKxMOlogZVSQpTQSBo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/galeria/fotos/2022/09/21/l_1663769934.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La pensión por fallecimiento está pensada para garantizar un acompañamiento económico al familiar de una jubilada o jubilado fallecido, o de una trabajadora o trabajador fallecido.      </p><p>Si una persona al momento de su fallecimiento trabajaba en relación de dependencia, como autónomo o monotributista, los familiares pueden tramitarla. Al mismo tiempo, si fallece un jubilado, los familiares tienen el derecho a una pensión.</p><p>El trámite se puede hacer presencialmente o por Internet.  </p><p>¿A quién está dirigido?</p><p>A cónyuge o conviviente de un jubilado o jubilada fallecida y a sus hijas/os solteros de hasta 18 años (siempre y cuando no reciban otra prestación).</p><p>Al cónyuge, conviviente o hijos menores de 18 (o sin límite de edad si son discapacitados) del trabajador o trabajadora que ha fallecido.  </p><p> ► Te puede interesar: Operativo especial de limpieza por el festejo de la primavera y el Día de Estudiante </p><p>¿Qué necesito?Consultá en el sitio web de ANSES los requisitos y la documentación necesaria.  </p><p>Toda la información por Andrea Steinberger - Abogada matrícula N°5839:     </p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/hrZY41HkBTKxMOlogZVSQpTQSBo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/galeria/fotos/2022/09/21/l_1663769934.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La pensión por fallecimiento está pensada para garantizar un acompañamiento económico al familiar de una jubilada o jubilado fallecido, o de una traba...]]>
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                                <category term="negocios-y-empresas" label="NEGOCIOS Y EMPRESAS" />
                <updated>2022-09-21T13:40:40+00:00</updated>
                <published>2022-09-21T13:40:40+00:00</published>
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