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    <title>RadioRafaela</title>
    <subtitle>Últimas noticias de rafaela Argentina</subtitle>
    <updated>2025-07-24T11:26:27+00:00</updated>
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            Un tribunal de apelaciones frenó la orden de Trump de restringir la ciudadanía por nacimiento
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/KUfMSRGqkSjePifvEsZa5uXvPXA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2025/07/aranceles_donald_trump.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Un tribunal federal de apelaciones de Estados Unidos dictaminó este miércoles que la orden ejecutiva del presidente Donald Trump de restringir la ciudadanía por nacimiento es inconstitucional.</p><p>Un panel de jueces del Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito de Estados Unidos escribió que la orden de Trump es "inválida porque contradice el lenguaje claro de la Decimocuarta Enmienda sobre la concesión de la ciudadanía a todas las personas nacidas en Estados Unidos y sujetas a su jurisdicción".</p><p>El fallo 2-1 mantiene un bloqueo nacional sobre la polémica política. El tribunal de apelaciones, con sede en San Francisco, también determinó que una orden judicial emitida por un juez federal en Seattle no constituía exceso judicial.</p><p>"El tribunal de distrito concluyó que una orden judicial preliminar universal es necesaria para proporcionar a los estados un alivio completo. Concluimos que el tribunal de distrito no abusó de su discreción al emitir una orden judicial universal para dar a los estados un alivio completo", escribió el juez del tribunal de apelaciones Ronald Gould.</p><p>Según CNN, la decisión también representa la primera vez que un tribunal de apelaciones concluye por completo que la orden de Trump es inconstitucional.</p><p>Ahora, la Administración Trump puede solicitar al pleno del Noveno Circuito que revise el caso, aunque también podría apelar directamente ante el Tribunal Supremo.</p><p>Noticias Argentinas</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/KUfMSRGqkSjePifvEsZa5uXvPXA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2025/07/aranceles_donald_trump.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Se consideró "inválida porque contradice el lenguaje claro de la 14 Enmienda sobre la concesión de la ciudadanía a todas las personas nacidas en Estados Unidos"]]>
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                <updated>2025-07-24T11:26:27+00:00</updated>
                <published>2025-07-24T11:23:55+00:00</published>
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            Voto joven en Santa Fe: el procurador de la Corte ratificó su dictamen a favor
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Y6N5YSzSXy8yg-dO407loeETBL4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/galeria/fotos/2023/06/02/l_1685705385.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Procurador Fiscal Electoral, Jorge Barraguirre, ratificó su dictamen a favor de permitir el voto voluntario para jóvenes de 16 y 17 años en las próximas elecciones locales de la provincia de Santa Fe.</p><p>.</p><p>Su recomendación fue desestimar el planteo de reconsideración presentado por los hermanos Mario y Néstor Deschi, con el respaldo legal de Domingo Rondina, ante el Tribunal Electoral. Este escrito cuestionaba la resolución del tribunal que había dado lugar a una solicitud de los diputados Agustina Donnet y Rubén Giustiniani para habilitar el Voto Joven en Santa Fe. Ahora, la decisión final recae en el Tribunal, que deberá ratificar su resolución previa a favor del voto de los jóvenes, tal como lo ha recomendado el Procurador. </p><p>Simultáneamente, se deberá resolver el planteo de inconstitucionalidad presentado por Rondina y el pedido de avocamiento que presentó a principios de esta semana para que el tribunal máximo tome el caso. La resolución de estos temas será determinante para definir si los jóvenes de 16 y 17 años podrán ejercer su derecho al voto en las elecciones venideras en Santa Fe. </p><p>En sus fundamentos, Barraguirre defiende la competencia del Tribunal Electoral para resolver en la materia, contra la objeción de Rondina quien lo define como un organismo meramente "administrativo". Asimismo, sostiene que no se transgrede el texto de la Constitución provincial. "La resolución no violenta ni conmueve la sistemática constitucional local ni demanda una reforma legislativa al tratarse de derechos reconocidos en normas de jerarquía superior", por ejemplo, las que integran "el bloque de constitucionalidad federal aplicable". </p><p>Te puede interesar: 177° aniversario de la batalla de Punta Quebracho</p><p>En el mismo sentido, aclara que "el tribunal no declaró la inconstitucionalidad de la norma porque no era necesario"; y transcribe el artículo 6 de la Constitución provincial cuando plantea que los habitantes de la provincia "gozarán en su territorio de todos los derechos y garantías que les reconocen la Constitución nacional y la presente, incluso los no previstos en ambas y que nacen de los principios que las inspiran". </p><p>Fuente: SFC</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Y6N5YSzSXy8yg-dO407loeETBL4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/galeria/fotos/2023/06/02/l_1685705385.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El Procurador Fiscal Electoral, Jorge Barraguirre, ratificó su dictamen a favor de permitir el voto voluntario para jóvenes de 16 y 17 años en las pró...]]>
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                <updated>2023-06-02T11:27:33+00:00</updated>
                <published>2023-06-02T11:27:33+00:00</published>
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