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    <title>RadioRafaela</title>
    <subtitle>Últimas noticias de rafaela Argentina</subtitle>
    <updated>2026-05-04T13:20:56+00:00</updated>
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            Anmat prohibió productos de limpieza sin registro: cuáles son y por qué los retiraron
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                <![CDATA[RadioRafaela]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/udxMuD4nX1m3LZzvHVnC6slxgX8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2026/05/productos_de_limpieza.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica dispuso la prohibición del uso, comercialización y distribución de una serie de productos de limpieza en todo el país. La medida, publicada en el Boletín Oficial, responde a irregularidades detectadas durante tareas de fiscalización, principalmente vinculadas a la falta de registro sanitario.</p><p>&nbsp;</p><p>La decisión del organismo sanitario nacional vuelve a poner en foco los controles sobre los productos de uso cotidiano que circulan en el mercado. En este caso, se trata de artículos de limpieza —como desinfectantes, limpiavidrios y productos para piscinas— que no contaban con la debida autorización para su comercialización.</p><p>&nbsp;</p><p>Según se detalla en la disposición oficial, las irregularidades fueron detectadas a partir de inspecciones realizadas en establecimientos donde se elaboraban o distribuían estos productos. Como consecuencia, la ANMAT no solo ordenó su retiro inmediato del mercado, sino que además inició sumarios sanitarios contra las firmas responsables.</p><p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p>Cuáles fueron las irregularidades<p>&nbsp;</p><p>El eje de la medida radica en la falta de inscripción sanitaria de los productos involucrados. Esto implica que no habían sido evaluados por la autoridad competente en aspectos clave como su composición, seguridad o eficacia.</p><p>&nbsp;</p><p>Entre los artículos alcanzados por la disposición 2406/2026, figuran: “Solución de hipoclorito de sodio 85 gr cl/l. Desinfectante de superficies y agua de piscinas. LOMIR”, “Líquido multiuso limpiavidrios. LOMIR” y “Desinfectante para superficies. Alcohol 70°. LOMIR. Listo para usar”.</p><p>&nbsp;</p><p>De acuerdo con lo informado, estos productos eran elaborados y comercializados por Química El Regreso S.R.L., ubicada en la localidad bonaerense de Lomas del Mirador, donde se constató la existencia de mercadería sin registro durante un procedimiento de inspección.</p><p>&nbsp;</p><p>El hecho de que un producto domisanitario no esté registrado implica que no cumple con las normativas vigentes, lo que representa un potencial riesgo para la salud pública. En este sentido, desde el organismo remarcan que la ausencia de control impide garantizar condiciones básicas de calidad y seguridad.</p><p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>Además, la ANMAT dispuso comunicar la medida a autoridades sanitarias de todo el país y a organismos de defensa del consumidor, con el objetivo de reforzar los controles y evitar la comercialización de estos productos en distintos puntos del territorio.</p><p>&nbsp;</p>Controles y sanciones en aumento<p>&nbsp;</p><p>La prohibición de estos productos de limpieza se inscribe en una serie de medidas recientes adoptadas por la ANMAT frente a irregularidades detectadas en distintos rubros, desde cosméticos hasta insumos médicos.</p><p>&nbsp;</p><p>En los últimos meses, el organismo avanzó con múltiples disposiciones que ordenaron el retiro de productos sin registro o con fallas en su trazabilidad. En todos los casos, el denominador común fue la falta de cumplimiento de las normativas sanitarias vigentes.</p><p>&nbsp;</p><p>Este tipo de controles se intensificó especialmente en el comercio digital, donde muchas veces se detecta la venta de productos sin autorización. La ANMAT advierte que la comercialización en plataformas online sin verificación oficial amplifica el riesgo para los consumidores.</p><p>&nbsp;</p><p>En ese contexto, la autoridad sanitaria insiste en la importancia de que los usuarios verifiquen que los productos cuenten con la correspondiente inscripción antes de adquirirlos. Esto se puede corroborar a través de etiquetas, rótulos y registros oficiales.</p><p>&nbsp;</p><p>Por otra parte, las sanciones no solo alcanzan a los productos, sino también a las empresas responsables. Los sumarios sanitarios pueden derivar en multas, clausuras o inhabilitaciones, dependiendo de la gravedad de las irregularidades detectadas.</p><p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/udxMuD4nX1m3LZzvHVnC6slxgX8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2026/05/productos_de_limpieza.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La autoridad sanitaria nacional ordenó la prohibición de uso, venta y distribución de varios productos domisanitarios tras detectar irregularidades en su registro y control. También se iniciaron sumarios contra las empresas involucradas.]]>
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                                <category term="nacionales" label="NACIONALES" />
                <updated>2026-05-04T13:20:56+00:00</updated>
                <published>2026-05-04T13:19:53+00:00</published>
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            ANMAT prohibió insumos traumatológicos por falsificación y falta de control sanitario
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/L7mTjksyJ5yuoxtM363eaKP8p6Y=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2026/04/tornillo_quirurgico_falso.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>&nbsp;</p><p>La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica dispuso la prohibición del uso, comercialización y distribución de una serie de insumos médicos utilizados en traumatología, luego de detectar graves irregularidades durante una inspección en un establecimiento de la provincia de Tucumán.</p><p>&nbsp;</p><p>El procedimiento, realizado a fines de 2025, puso al descubierto un escenario preocupante: la presencia de un tornillo quirúrgico falsificado y otros implantes de origen desconocido, sin respaldo documental ni registro sanitario. La medida quedó formalizada en la Disposición 2223/2026, publicada en el Boletin Oficial, y tiene alcance en todo el territorio nacional.</p><p>&nbsp;</p>Fallas críticas<p>&nbsp;</p><p>Durante la inspección a la firma Ortopedia Tucumán de Piur SRL, los técnicos detectaron una serie de productos que no cumplían con los estándares exigidos para su uso en el sistema de salud.</p><p>&nbsp;</p><p>El caso más relevante fue el de un tornillo de interferencia para ligamento cruzado, rotulado como perteneciente a la marca Stryker. Tras un análisis detallado, se determinó que se trataba de una falsificación.</p><p>&nbsp;</p><p>Las diferencias con el producto original fueron contundentes. Mientras el implante legítimo presenta un color gris opaco, el detectado era incoloro y translúcido, lo que sugiere una composición distinta. Además, el empaque no coincidía con los estándares del fabricante: estaba contenido en una bolsa tipo pouch de una marca que no es utilizada por la empresa original.</p><p>&nbsp;</p><p>Otro punto clave fue el método de esterilización. El producto auténtico se esteriliza mediante radiación gamma, mientras que el hallado indicaba haber sido preparado para esterilización por vapor o formaldehído, un procedimiento incompatible con ese tipo de dispositivo.</p><p>&nbsp;</p><p>A esto se sumó la ausencia de datos esenciales, como la fecha de vencimiento, y la detección de que el lote correspondía a una referencia que dejó de fabricarse en 2024 y cuya vigencia original habría expirado entre 2015 y 2016.</p><p>&nbsp;</p>Implantes sin trazabilidad ni respaldo legal<p>&nbsp;</p><p>Además del tornillo falsificado, se encontraron otros 19 implantes —tornillos óseos de titanio— rotulados como pertenecientes a fabricantes internacionales. Sin embargo, estos productos no pudieron ser validados por los importadores oficiales en Argentina.</p><p>&nbsp;</p><p>La empresa titular del registro sanitario informó que no había ingresado esos lotes al país ni reconocía las unidades como propias. Incluso, se detectaron inconsistencias en el rotulado, que mencionaba vínculos comerciales inexistentes entre firmas internacionales.</p><p>&nbsp;</p><p>La situación se agravó por la falta total de documentación que acreditara la procedencia de los productos. El responsable del establecimiento no pudo presentar facturas, registros de importación ni certificados sanitarios.</p><p>&nbsp;</p><p>En términos técnicos, esto implica una ruptura completa de la trazabilidad, un elemento central en el control de dispositivos médicos. Sin esa información, resulta imposible garantizar cómo fueron fabricados, transportados o almacenados los insumos.</p><p>&nbsp;</p>Riesgos para la salud<p>&nbsp;</p><p>La decisión de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica se fundamenta en el potencial riesgo que estos productos representan para los pacientes.</p><p>&nbsp;</p><p>En el caso del tornillo falsificado, la incertidumbre sobre su composición y resistencia mecánica abre la posibilidad de fallas estructurales una vez implantado. En cirugías como las de ligamento cruzado, este tipo de dispositivos cumple una función clave en la estabilidad de la articulación.</p><p>&nbsp;</p><p>Además, el uso de métodos de esterilización inadecuados incrementa el riesgo de infecciones postquirúrgicas, una de las complicaciones más graves en este tipo de intervenciones.</p><p>&nbsp;</p><p>Para los tornillos de titanio de origen desconocido, el riesgo radica en la falta de garantías sobre su calidad. No se puede asegurar que los materiales sean aptos para uso médico ni que cumplan con los estándares de biocompatibilidad.</p><p>&nbsp;</p><p>También se desconoce si los productos fueron almacenados en condiciones adecuadas o si han sido retirados del mercado en otros países por fallas de funcionamiento.</p><p>&nbsp;</p>Un entorno sin controles vigentes<p>&nbsp;</p><p>El contexto en el que se detectaron estas irregularidades también generó preocupación. Al momento de la inspección, el establecimiento operaba con una habilitación sanitaria vencida desde marzo de 2025.</p><p>&nbsp;</p><p>Esto implica que no contaba con supervisión estatal vigente, lo que aumenta el riesgo de que este tipo de situaciones pase inadvertido durante períodos prolongados.</p><p>&nbsp;</p><p>Además, los productos fueron hallados en condiciones de almacenamiento poco claras, lo que refuerza la falta de control en la gestión de insumos médicos.</p><p>&nbsp;</p>Medidas sanitarias y legales<p>&nbsp;</p><p>Frente a este escenario, la autoridad sanitaria dispuso la prohibición total del uso, comercialización y distribución de todos los productos involucrados.</p><p>&nbsp;</p><p>La medida tiene carácter preventivo y busca evitar que estos insumos lleguen a ser utilizados en pacientes. Al mismo tiempo, se iniciaron actuaciones administrativas para determinar las responsabilidades del establecimiento inspeccionado.</p><p>&nbsp;</p><p>Este tipo de procedimientos puede derivar en sanciones que van desde multas hasta la clausura del local, dependiendo de la gravedad de las irregularidades detectadas.</p><p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/L7mTjksyJ5yuoxtM363eaKP8p6Y=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2026/04/tornillo_quirurgico_falso.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Detectaron un tornillo quirúrgico falsificado y otros implantes sin registro legal. La medida rige en todo el país para proteger a los pacientes.]]>
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                                <category term="interes-general" label="INTERES GENERAL" />
                <updated>2026-04-25T14:45:04+00:00</updated>
                <published>2026-04-25T14:45:00+00:00</published>
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            La ANMAT prohibió más de 40 cosméticos por representar un riesgo para la salud
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/UFG0b_CCzbByOPMxwwDTPdG92gk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2026/01/la_anmat_prohibio_mas_de_40_cosmeticos_que_ponen_en_riesgo_la_salud.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica prohibió el uso, comercialización, publicidad y distribución de más de 40 productos cosméticos que no cuentan con inscripción sanitaria obligatoria. La decisión fue oficializada mediante la Disposición 94/2026, publicada este viernes en el Boletín Oficial.</p><p>&nbsp;</p><p>La medida alcanza a cosméticos pertenecientes a las marcas RE!, El Árbol y Aromas de la Tierra, luego de una denuncia recibida por el área de Cosmetovigilancia del organismo, que detectó su comercialización a través de plataformas de venta online.</p>Productos alcanzados por la prohibición<p>Según informó la ANMAT, los productos prohibidos incluyen pastas dentales, desodorantes, protectores solares, jabones, cremas faciales y corporales, shampoos, acondicionadores, tónicos, geles de limpieza y perfumes, entre otros artículos de uso cotidiano.</p><p>El organismo detalló que ninguno de estos cosméticos figura en la base de datos oficial de productos inscriptos, por lo que se desconoce su lugar de elaboración, formulación, condiciones de seguridad y eficacia, en incumplimiento de la normativa vigente.</p>Venta online y riesgo sanitario<p>La denuncia inicial fue acompañada por material fotográfico que evidenciaría la comercialización electrónica de estos productos. Ante esta situación, se dio intervención al Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos sujetos a Vigilancia Sanitaria, con el objetivo de gestionar la baja de las publicaciones.</p><p>Desde la ANMAT advirtieron que se trata de productos ilegítimos, ya que al no estar registrados no puede garantizarse que contengan ingredientes permitidos ni que hayan sido elaborados bajo condiciones adecuadas, lo que implica un riesgo potencial para la salud de los consumidores.</p><p>Como parte de la disposición, el organismo comunicó la medida a todas las autoridades sanitarias jurisdiccionales del país, para reforzar los controles y evitar su circulación en el mercado.</p>]]>
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                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/UFG0b_CCzbByOPMxwwDTPdG92gk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/2026/01/la_anmat_prohibio_mas_de_40_cosmeticos_que_ponen_en_riesgo_la_salud.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>La medida alcanza a productos de higiene personal y perfumería de tres marcas, tras una denuncia y tareas de monitoreo oficial por venta sin registro sanitario.]]>
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                                <category term="nacionales" label="NACIONALES" />
                <updated>2026-03-18T16:15:38+00:00</updated>
                <published>2026-01-23T14:22:46+00:00</published>
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            La Agencia Santafesina prohibió un aceite de oliva extra virgen
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        <link rel="alternate" href="https://radiorafaela.com.ar/provinciales/la-agencia-santafesina-prohibio-un-aceite-de-oliva-extra-virgen" type="text/html" title="La Agencia Santafesina prohibió un aceite de oliva extra virgen" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/K3PMSPP2u_a37CbnOwCkk6EFp1c=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/galeria/fotos/2024/11/19/l_1732039941.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El motivo es por tratarse de un producto falsamente rotulado al exhibir un número de RNPA que no es válido.</p><p>.</p><p>La Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria prohibió la tenencia, el fraccionamiento, el transporte, la comercialización y exposición en todo el territorio de la provincia de Santa Fe ya que el producto Familia Rivera está falsamente rotulado.</p><p></p><p>El Ministerio de Salud de la Provincia, a través de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (Assal), prohibió el fraccionamiento, tenencia, transporte, comercialización y exposición en todo el territorio de la provincia de Santa Fe del aceite de oliva extra virgen Familia Rivera.</p><p>El motivo es por tratarse de un producto falsamente rotulado al exhibir un número de RNPA que no es válido; éste registro se encuentra dado de baja y corresponde al producto “tomate triturado” marca “Inca”. Asimismo, el RNE declarado es inexistente.</p><p></p><p>La Agencia detalló el producto a los fines de alertar a la población con la información precisa.</p><p>Producto: Aceite de Oliva Extra Virgen</p><p>Marca: Familia Rivera</p><p>RNE N° 12-000137</p><p>RNPA N° 12-006280</p><p>Fecha de vencimiento: Diciembre 2025</p><p>La ASSAL verifica que los alimentos cumplan con la legislación vigente; que los rótulos cuenten con toda la información obligatoria, y que esa información sea cierta y correcta, a fin de brindar herramientas a los consumidores de alimentos garantizando la salud de todos.</p><p>Fuente: El Litoral</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/K3PMSPP2u_a37CbnOwCkk6EFp1c=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/galeria/fotos/2024/11/19/l_1732039941.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El motivo es por tratarse de un producto falsamente rotulado al exhibir un número de RNPA que no es válido..La Agencia Santafesina de Seguridad Alim...]]>
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                <updated>2024-11-19T18:05:47+00:00</updated>
                <published>2024-11-19T18:05:47+00:00</published>
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            La ANMAT prohibió una miel, un café y otros alimentos por considerarlos ilegales
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        <link rel="alternate" href="https://radiorafaela.com.ar/interes-general/la-anmat-prohibio-una-miel-un-cafe-y-otros-alimentos-por-considerarlos-ilegales" type="text/html" title="La ANMAT prohibió una miel, un café y otros alimentos por considerarlos ilegales" />
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                <![CDATA[Radio Rafaela]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/D5w2pmQHAc5UIISW0V7vno1KLoY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://radiorafaelacdn.eleco.com.ar/media/galeria/fotos/2023/07/19/l_1689793125.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este miércoles a través de su publicación en el Boletín Oficial, una miel de abejas, un café y una serie de alimentos.</p><p>La disposición 5263/2023 dispuso la prohibición de la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en plataformas de venta en línea del producto: “Miel de abeja de Córdoba marca Establecimiento Dulcinea” en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registro de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en el rótulo un número de RNE inexistente y de RNPA perteneciente a otro producto, resultando ser en consecuencia un producto ilegal. Y además prohibió la comercialización en todo el territorio nacional de cualquier producto que exhiba en sus rótulos el registro sanitario RNE 04006844, por ser una serie inexistente.</p><p>En su considerando, la norma señala que las actuaciones se iniciaron a partir de varios reclamos de consumidores ante el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos acerca de la legitimidad del producto que no cumpliría con la normativa vigente.</p><p>Fue por eso que se consultó a la Dirección General de Control de la Industria Alimenticia de la provincia de Córdoba a fin de verificar si el RNE y el RNPA que se exhiben en el rótulo del producto investigado se encuentran autorizados. En consecuencia, se pudo comprobar que el RNE no condice con algún establecimiento autorizado y que el número de RNPA se encuentra vigente, pero pertenece a otro producto. Así, consideraron se encuentra en infracción por carecer con las autorizaciones correspondientes y lo definieron como un producto ilegal.</p><p>► Te puede interesar: Un médico argentino le salvó la vida a una mujer en pleno vuelo</p><p>En tanto, la disposición 5279/2023 fijó la prohibición de la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de los productos: “Maní crocante sabor jamón, marca Productos FA-DI”, “Maní repelado salado, marca Productos FA-DI”, “Pasas de uva s/ semilla, marca Productos Naturales, fraccionado por DIS-FRUT”, “Ciruelas s/ carozo, marca Productos Naturales, fraccionado por DIS-FRUT” y “Mix frutos secos, marca Productos Naturales, fraccionado por DIS-FRUT”, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registro de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulados al exhibir en el rótulo un número de RNE inexistente y números de RNPA pertenecientes a otros productos, resultando ser en consecuencia productos ilegales.</p><p>Además, la ANMAT prohibió la comercialización en todo el territorio nacional de cualquier producto que exhiba en sus rótulos el registro sanitario RNE 21-098372, por contar con un número inexistente, resultando ser en consecuencia ilegales.</p><p>Y en su considerando, se explica que las actuaciones se iniciaron a partir de una notificación proveniente de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAl), en relación con la comercialización de los productos que no cumplirían con la normativa alimentaria vigente. En el marco de un programa de monitoreo, se tomaron muestras oficiales reglamentarias de los productos investigados. De esta manera, los resultados de los informes de laboratorios de la ASSAl, en lo que respecta a la rotulación, arrojaron resultado “No conforme” por exhibir en los rótulos un número de RNE inexistente, y números de Registros de Productos Alimenticios (RNPA) pertenecientes a otros productos.</p><p>Ante ello, la ASSAl emitió el Alerta Alimentaria dirigida a todas las autoridades sanitarias jurisdiccionales del país y a la población en general, en la cual se prohíbe la elaboración, tenencia, fraccionamiento, transporte, comercialización y exposición, y se instruye el decomiso, desnaturalización y destino final de los productos mencionados.</p><p>Asimismo y en virtud de los domicilios que figuran en los rótulos de los productos investigados, el Instituto Nacional de Alimentos consultó a la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios de la provincia de Buenos Aires y a la Dirección General de Control de la Industria Alimenticia de la provincia de Córdoba sobre los RNPA en cuestión, quienes ratificaron los resultados anteriores. En este contexto, a fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del citado alimento, así como también todos aquellos productos que en sus rótulos indiquen el RNE mencionado.</p><p>Finalmente, la disposición 5280/2023 prohibió de la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en las plataformas de venta en línea el producto: “Café tostado natural en grano marca RUNA CAFÉ, Nombre de fantasía: Santos Brasil” y cualquier otro café marca RUNA que no presente en sus rótulos números de RNE y/o de RNPA, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros sanitarios de establecimiento y producto, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.</p><p>Tal como sucedió en los casos anteriores, las actuaciones se iniciaron a partir de un reclamo de un particular ante el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos en relación a la comercialización del producto que no cumpliría con la normativa alimentaria vigente, puesto que el consumidor manifestó que el producto investigado no exhibiría en su rótulo la información obligatoria que identifique su origen.</p><p>Dado que en el rótulo del producto se hace referencia como nombre de fantasía “Santos Brasil”, el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional del INAL le solicitó colaboración al Departamento de Autorización y Comercio Exterior de Alimentos para que informe si el producto investigado fue registrado; por lo que se comunicó que en su base de información no constan antecedentes de registros ni ingreso del mencionado producto.</p><p>Además, se observó la existencia de una dirección de página web en la que se constató la promoción y venta de otros cafés de la misma marca y con rótulos similares, en distintas presentaciones y con otros nombres de fantasía. Infobae.</p>]]>
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                <updated>2023-07-19T18:46:39+00:00</updated>
                <published>2023-07-19T18:46:39+00:00</published>
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